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En su momento los y las trabajadoras de la Compañía Agrícola Industrial Solesa, Sociedad Anónima formaron el SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA FINCA LA SOLEDAD DEL MUNICIPIO DE PATULUL, DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ –SITRASOLEDAD-, Sindicato afiliado al MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG-.

La Compañía Agrícola Industrial Solesa, S.A. se dedica al cultivo del hule y los trabajadores se organizaron sindicalmente derivado entre otras cuestiones a que la entidad patronal no respetaba sus derechos laborares incluido el pago del salario mínimo y la inscripción de los mismos al seguro social a lo que se sumaban los actos de violencia y discriminación ejecutados en su contra.

Al poco tiempo de formarse el SITRASOLEDAD este promovió la negociación del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo ante lo que en un acto de represalia inmediata, su patrono MARIO ROBERTO LEAL CASTILLO procedió al despido de todos los trabajadores y trabajadoras que eran miembros de la organización sindical.

Aunque las órdenes de reinstalación de los compañeros despedidos se encuentran firmes desde hace más de 4 años el señor MARIO ROBERTO LEAL CASTILLO se ha negado a cumplirlas contando para ello con la complacencia tanto del Juez que conoció en primera instancia, como de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Constitucionalidad.

Este caso, envuelto no sólo de altos niveles de violencia antisindical sino también de impunidad garantizada por el Estado de Guatemala al más alto nivel, es uno de los casos presentados por el Gobierno de los Estados Unidos de América en el arbitraje promovido contra el Estado de Guatemala por la sistemática y reiterada violación del Capítulo XVI del CAFTA-DR y es uno de los casos que de manera constante ha ocupado a los Órganos de Control de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- los que le han requerido al Estado de Guatemala que haga cumplir las resoluciones que han sido dictadas a favor de los trabajadores y que se encuentran firmes.

En este marco y después de más de 4 años de negativa del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de cumplir con su deber de certificar lo conducente en contra de la entidad patronal por la desobediencia de la orden judicial finalmente el mismo ha remitido la certificación correspondiente al Ministerio Público para que se deduzcan las responsabilidades correspondientes.

El día de ayer los compañeros del SITRASOLEDAD se presentaron a la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas para prestar su declaración que les fue requerida a pesar que el delito de desobediencia, por su propia forma de comisión, es un delito que se documenta en las constancias procesales en las cuales es evidente que esta se ha mantenido por años.

En su declaración los compañeros requirieron que a su patrono se le imputen además los delitos de Discriminación y Coacción en virtud de que su conducta se encuadra en dichos tipos penales y son consecuencia directa del despido del que fueron objeto y su carácter represivo contra el ejercicio de derechos sindicales ha sido ya declarado por los tribunales de trabajo al ordenar y confirmar las reinstalaciones.

En este marco el MSICG insta a la señora Fiscal General de la República y Jefa del Ministerio Público a proceder sin demoras a solicitar el Antejuicio en contra del señor MARIO ROBERTO LEAL CASTILLO y a proceder en contra de los demás responsables de estos tipos penales demostrando de esta forma que la ley se aplicará sin importar si esta tiene que aplicarse a una de las familias más poderosas del país como ocurre en este caso y al margen de los intereses que prevalecen en la coyuntura electoral en la que nos encontramos.

El MSICG recuerda que la ausencia de una justica pronta y cumplida ha provocado que durante estos más de cinco años de espera hayan fallecido tres de los compañeros por falta de atención por parte del IGSS bajo el argumento de que en tanto el patrono no extendiera el certificado de trabajo para lo cual es necesario que diera cumplimiento previo a las órdenes de reinstalación no se les daría atención médica lo que derivó en su fallecimiento en las peores condiciones.

La Revolución del 20 de octubre de 1944 ha sido el hito más importante de la historia guatemalteca y lo ha sido por cuanto el mismo representó un proceso refundacional del Estado durante el cual se puso la dignidad y el desarrollo humano como objetivo fundamental del Estado eliminando de este la tutela de intereses minoritarios que venía realizando y que retomó luego de la intervención estadounidense en 1954.

El 20 de octubre de 1944 aconteció un momento único hasta ahora en la historia de nuestro país, las fuerzas armadas, por primera y única vez en su historia, tuvieron conciencia de que la dignidad del ejército no estaba en ser un cuerpo servil de protección a los intereses de las elites ni el instrumento de represión al servicio de estos intereses minoritarios para impedir al pueblo la realización de los cambios necesarios para alcanzar la dignidad humana, conciencia que duró apenas 10 años a pesar de que la Revolución profesionalizó el ejército, luego y a partir de los cuales, retomó su lamentable papel de constante y creciente carga económica para una población a la cual no ha servido desde 1954 al punto de convertirle en el principal ejecutor de crímenes contra la población que debía proteger y garante de los intereses de las elites que nos han gobernado desde 1821 hasta la presente fecha, a excepción de los diez años de florecimiento democrático en Guatemala.

Las causas de la Revolución de 1944, fueron las mismas que motivaron los levantamientos de los pueblos durante la colonia, las mismas que motivaron el conflicto armado interno y las mismas que hoy día han conducido a Guatemala a padecer el constante incremento de la miseria, desnutrición infantil crónica, desigualdad, exclusión e inequidad social.

Hoy vemos como los legados del proceso revolucionario iniciado en 1944 han sido corrompidos, debilitados y llevados casi al punto de la mera existencia formal. No es difícil percatarse de que las protecciones otorgadas a la clase trabajadora por el Código de Trabajo han sido casi eliminadas por un sistema de justicia disfuncional y una labor destructiva de los mismos por parte de la Corte de Constitucionalidad; tampoco lo es percibir que la autonomía universitaria y su participación en distintos espacios de poder se ha degenerado al punto de llevar a olvidar que la prioridad universitaria es la formación de profesionales honestos, capaces y comprometidos con su país y ha sido sustituida por intereses económico-políticos que se expresan en la participación universitaria en los procesos de nombramiento de funcionarios y jueces; no es complicado tampoco percibir que el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social –IGSS- ha dejado de percibirse como una institución al servicio de la población para reducirse a otra cuota de poder y de acceso a las posibilidades de saqueo de los recursos de la población; igual ha sucedido con la autonomía municipal e incluso con la propia dignificación magisterial que ha sido desnaturalizada a tal punto que se ha convertido tanto en un motivo para garantizar la precarización de decenas de miles de maestros y debilitar la calidad de la educación pública que reciben cada vez menos niñas y niños en Guatemala.

Hoy tampoco es difícil percibir como los mismos intereses que nos vendieron la Constitución Liberal de 1879 y cada uno de sus procesos de reforma hasta 1941, que nos vendieron la contra revolución en 1954, la contra insurgencia de 1960 a 1986 y el neoliberalismo, los ajustes estructurales desde 1996 y la idea de la eficiencia de la administración privada (como si no fuesen los mismos empresarios los que han puesto y quitado gobiernos desde 1954 y los que incrementaron sus latifundios durante el conflicto armado interno y han incrementado sus fortunas desde 1954 por la vía del saqueo del Estado), nos venden cada cuatro años un proceso electoral destinado a reafirmar en nombre de la democracia la legitimidad para gobernarnos de los mismos sectores antidemocráticos que solo dejaron de gobernarnos en la década de 1944 a 1954 y que han alcanzado tal éxito que aunque como población percibamos el constante deterioro de nuestras condiciones de vida, no percibimos en su justa dimensión que las pocas garantías con que contamos y que sufren diariamente embates tanto desde los tribunales, la Corte de Constitucionalidad y el Congreso, tuvieron su origen en esa única década en la que los mismos dejaron de gobernarnos.

La corrupción generada por la implantación en las políticas de Estado de estos intereses minoritarios se agrava constantemente porque quienes corrompen y se benefician de la corrupción cuentan con las libertades que necesitan para simular supuestos cambios en tanto sustituyen corruptos instrumentales para garantizar la impunidad de los corruptos estructurales que mantienen el control y saqueo del Estado en tanto la población nos hacemos a la idea de avances aparentes y nos olvidamos de que, para rescatar el Estado, la democracia y la transparencia, debe perseguirse, castigarse y expulsar del gobierno y de la posibilidades de incidir en este de ese sector que acusa a otros de sus propios delitos para seguir actuando con la misma impunidad con que secuestró nuestra independencia desde 1821, nuestra soberanía desde 1954, nuestra democracia desde 1986 y la institucionalidad del Estado desde 1996.

El MSICG entiende perfectamente que el verdadero sentido de la conmemoración de la Revolución de 1944 no es festejar una institucionalidad que ha sido reducida año con año al punto de resultar casi disfuncional debido al constante debilitamiento y desnaturalización de la misma, sino recordar que los verdaderos avances democráticos, parten de la necesidad de refundar el Estado pero que, para hacerlo posible, se hace necesario rescatar primero a un pueblo que tenga la misma convicción, dignidad, compromiso y determinación que el que tuvieron las generaciones de civiles y militares que hicieron posible el proceso revolucionario iniciado el 20 de octubre de 1944.

En ese sentido, el MSICG no llama a la conmemoración sino a la organización y a la concientización de la sociedad, a la movilización de conciencias y voluntades nacidas de la propia percepción de la realidad y no de las necesidades e intereses de quienes han construido, alimentado y asegurado las condiciones para que la problemática que hoy vivimos sea percibida como parte de la normalidad. Debemos refundar el Estado pero antes, debemos refundar la conciencia del pueblo, de lo contrario, tendremos reafirmaciones del secuestro del Estado como las que se operaron en 1956, 1965, 1986 y 1993.

CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

A partir del día miércoles 28 de octubre de 2015, el MSICG ha lanzado una campaña de sensibilización y afirmación de los derechos laborales de las mujeres, enfocada a promover la ratificación del Convenio 189 de la OIT, la defensa de las protecciones durante el embarazo y la lactancia, la eliminación de la discriminación salarial contra las mujeres, la democratización e igualdad de género en las organizaciones sindicales y la organización sindical de las mujeres.

En esta primera etapa se estarán transmitiendo por Radio Punto durante un mes por varias veces al día y para todo el territorio nacional, una serie de 6 anuncios diseñados por las liderezas del MSICG con los que se pretende no solo avanzar en la protección y en la propia defensa de los derechos de las mujeres sino también en la democratización de los sindicatos, el reconocimiento al invaluable aporte de la mujer en la lucha sindical y la eliminación de los obstáculos que tradicionalmente se imponen para evitar tal aporte y liderazgo.

Para el MSICG, la violación sistemática de los derechos humanos de las mujeres, la discriminación y la exclusión hacen parte de un mismo problema que lamentablemente atraviesa transversalmente a la sociedad y a los propios sindicatos como expresiones organizadas de esta, se trata de un problema cuyas manifestaciones se presentan en todos los aspectos de la vida de la mujer y esencialmente en el ámbito laboral, y muchas veces, también en el aspecto organizativo esencial para la defensa y reivindicación de sus derechos; de tal cuenta, el MSICG considera vital la organización y empoderamiento de la mujer dentro de los sindicatos para alcanzar una interlocución que sea efectiva y eficaz para lograr una sociedad con mayor justicia social.

En los siguientes enlaces puede escuchar el audio de los anuncios:

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(Transcripción íntegra)

Guatemala, 2 de noviembre del año 2015

Comisionados y Comisionadas
Rose-Marie Belle Antoine
James L. Cavallaro
José de Jesús Orozco Henríquez
Felipe González
Rosa María Ortiz
Tracy Robinson
Paulo Vannuchi
Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Respetables Comisionados y Comisionadas

Reciban un fraterno saludo del Movimiento sindical, indígena y campesino guatemalteco –MSICG- quienes deseamos que su labor se traduzca en el respeto a los derechos humanos en la región y en la mejora progresiva de los derechos humanos actualmente reconocidos.

El MSICG remite a ustedes esta comunicación en atención a la audiencia realizada el 22 de octubre del año 2015 dentro del 156º periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos bajo el título criminalización de defensores y defensoras de derechos humanos y operadores de justicia en Guatemala en la cual las Señora IDUVINA HERNÁNDEZ y la funcionaria de la Procuraduría de los Derechos Humanos MARIA EUGENIA SOLIS en representación del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), Unidad de Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos (UDEFEGUA), Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG), Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH), Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG), Seguridad en Democracia (SEDEM), Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala (PDH), Abogados Sin Fronteras Canadá (ASFC), Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Social (ECAP) y Convergencia por los Derechos Humanos procedieron a pronunciarse sobre asuntos que vinculan derechos humanos del MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG-, a nuestra abogada LESBIA GUADALUPE AMÉZQUITA GARNICA; y de nuestro Sindicato afiliado, SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA PROCURADURÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA –SITRAPDH-.

Es preciso recordar que obran en esa Comisión alegatos presentados por la represión, persecución, hostigamiento, criminalización y estigmatización sobre el MSICG, el SITRAPDH y la abogada de la Central Sindical que relacionan al Procurador de los derechos humanos en su carácter de entidad patronal.

Los alegatos que en su momento fueron remitidos a esa Comisión y otros que derivan de hechos de violencia más recientes y que incluyen amenaza de muerte han sido puestos con sus respectivos medios de prueba en conocimiento del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- y a estos acaba de referirse un informe preparado por la Oficina de la OIT y dirigido al Consejo de Administración.

En este marco y antes de entrar en materia es imperativo recordar que el surgimiento y evolución de los derechos humanos está íntimamente vinculado a la acción organizada de las personas a través de esfuerzos de masa que hicieron posible reivindicar su reconocimiento y que han empujado su evolución y desarrollo.

Sería muy difícil explicarse la Revolución francesa, la Revolución rusa, la Revolución mexicana, la búsqueda de la autodeterminación de los pueblos después de la segunda guerra mundial y las luchas de los pueblos originarios y sus respectivos aportes a la construcción de los diversos sistemas de reconocimiento y protección de los derechos humanos como productos de un accionar que no involucrara la masa y la organización de la misma; en consecuencia, del papel que han desempeñado los sindicatos como expresión de la clase trabajadora en el reconocimiento, ampliación y defensa de los derechos humanos y particularmente los derechos económicos y sociales.

Es tan así que hoy día, no puede hablarse de algún derecho humano en cuyo reconocimiento y defensa no se haya derramado sangre de trabajadoras y trabajadores.

Este costo también ha sido pagado con la estigmatización e incluso, con la calificación por parte de los sectores más extremos de la derecha como “terroristas” en su búsqueda por conducir a los trabajadores y trabajadoras a la anomía y mediante ello, impedir la defensa de los derechos de la sociedad.

El MSICG ha sido particularmente categórico en que los procesos de selección de funcionarios públicos son profundamente afectados cuando se puja por ubicar en los cargos de que se trate a quienes nos son afines ya que con ello, no solo se desvirtúa la fiscalización social sino también se politiza y se provoca que finalmente quien resulte electo sea el producto de un proceso en que priva el interés político y no el de la sociedad que debiera presuponer la elección de la persona mejor calificada para determinado cargo.

En ese marco, el MSICG, en su búsqueda de la despolitización de este tipo de elecciones, ha cumplido con su función de cuestionar la posibilidad de que un funcionario pueda resultar nombrado, más nunca ha promovido o impulsado la elección de determinada persona o utilizado los procesos de fiscalización con ese fin.

Esta acotación es necesaria precisamente porque la elección del Procurador de los Derechos Humanos, es un producto de eso y de un proceso en donde el corporativismo de la defensa de los derechos humanos condujo a que el proceso de fiscalización perdiera su esencia despolitizadora, debiendo recordar que este corporativismo tenía un candidato y en nombre del interés en ubicarlo como Procurador de los Derechos Humanos se cuestionó oficiosamente a todos los demás candidatos e incluso se pretendió mediante acciones de amparo promovidas a través de terceros, forzar la inclusión de dicho candidato en la terna que se sometería al pleno del Congreso de la República para la elección.

Fue esa politización la que provocó algo solo explicable políticamente, como lo es el hecho de que de la calificación realizada por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República, se presentara una terna para seleccionar al Procurador de los derechos humanos incluyendo al primer lugar, calificado con 90.9, al segundo lugar, calificada con 88.2 y al octavo lugar, calificado con un promedio de 71.8, quien fue posteriormente electo como Procurador de los derechos humanos con el voto del entonces partido oficial, sus alianzas, el partido Líder, la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) y su escisión que posteriormente pasó a convertirse en la bancada del Partido Todos, mismos votos con los que se excluyó a los dos mejores calificados.

Ahora bien, el MSICG no reconoce interlocución alguna que no haya sido electa por los interlocutados; de tal cuenta, tampoco reconocemos que los derechos humanos y sus mecanismos de defensa puedan considerarse como el patrimonio corporativo de estructuras personalistas y mucho menos la posibilidad de que esta expropiación de los derechos humanos a quienes los han construido, defendido y desarrollado les permita profundizar la política de la extrema derecha de estigmatización de la organización social.

Todo lo anterior se trae a colación por lo expuesto por la Señora MARIA EUGENIA SOLIS en su calidad de funcionaria de la Procuraduría de los derechos humanos en su alocución durante el 156º Período de sesiones de la Comisión Interamericana de derechos humanos en la audiencia temática de denuncias sobre criminalización de defensores y defensoras de derechos humanos y operadores de justicia en Guatemala realizada el 22 de octubre del año 2015, audiencia en la que junto con la señora IDUVINA HERNÁNDEZ hablaron en representación del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), Unidad de Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos (UDEFEGUA), Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG), Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH), Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG), Seguridad en Democracia (SEDEM), Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala (PDH), Abogados Sin Fronteras Canadá (ASFC) , Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Social (ECAP) y Convergencia por los Derechos Humanos.

De dicha audiencia llama particularmente la atención el trazo paralelo que se realizó entre el ejercicio del derecho de las trabajadoras y trabajadores de conformar un sindicato, el plantear una negociación colectiva, el solicitar en el marco del Estado de derecho que se autorice la realización de una huelga y el derecho de accionar en el marco de ese debido proceso con la violación de los derechos humanos o la persecución de sus autodenominados defensores de los mismos.

Tal acción pareciera orientarse al reconocimiento de una nueva categoría de derechos humanos sobre la base de circunstancias contra las que actualmente está luchando el pueblo de Guatemala ya que del sentido de lo expresado en el caso del SITRAPDH se desprende que se busca garantizar impunidad para determinados funcionarios o personas, privar a las personas del derecho de accionar contra ellos a través de los mecanismos previstos por la ley, reservarse el derecho de calificar la licitud de la libre organización de las personas y el derecho de interferir con la independencia del Ministerio Público y el Poder judicial, entre algunas de las reivindicaciones más relevantes que se enervan de las alocuciones realizadas ante esa Comisión.

Es necesario insistir como el proceso de estigmatización y descalificación contra nuestra compañera Lesbia Amézquita, nuestro afiliado SITRAPDH y el propio MSICG, iniciado el 24 de mayo de 2015 y que fue denunciado en varias ocasiones ante la Comisión sin que a la fecha se nos haya dado respuesta alguna, es prolongado por este grupo de personas ante esa instancia, de la misma manera, tergiversando la verdad y criminalizando el ejercicio de derechos reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico.

En ese marco, para establecer un parámetro objetivo para los efectos de valorar la descalificación relativa a la capacidad de nuestros equipos técnico-jurídicos, teniendo en cuenta que en nuestro país la Ley del Organismo Judicial establece erga omnes en su artículo 3 que “Contra la observancia de la ley no puede alegarse ignorancia, desuso, costumbre o práctica en contrario.” Debemos indicar, que es un error jurídico de los intervinientes en dicha reunión el indicar en sus manifestaciones ante ese organismo que el pacto colectivo del SITRAPDH se negociaba en la vía directa puesto que esta negociación no se dio de esta manera por la negativa del Procurador de los derechos humanos a negociar el pacto colectivo de condiciones de trabajo con el Sindicato, motivo por el cual el SITRAPDH en apego a lo que establece el tanto el artículo 51 del Código de Trabajo y el artículo 4 literal a) del Decreto 71-86 del Congreso de la República tuvo que instar la intervención judicial y el poder judicial emplazar al Procurador de los derechos humanos JORGE EDUARDO DE LEÓN DUQUE para que respetara el derecho de negociación colectiva del Sindicato.

A este error jurídico de las personas y organizaciones referidas se suma otro, al señalar que las medidas cautelares o precautorias constituyen un acto de criminalización, aún y cuando desde el conocimiento jurídico más precario es evidente que el propio carácter cautelar excluye la naturaleza punitiva que caracteriza la criminalización, de la misma manera, que las garantías de antejuicio protegen exclusivamente contra la persecución penal y, una medida precautoria o cautelar, es preventiva, no tiene como efecto una pena sino el mero resguardo de una situación jurídica y de esa cuenta no son materia exclusiva del procedimiento penal sino que se prevén en todos los ramos que conoce la jurisdicción ordinaria en Guatemala a esto debe agregarse un aspecto de congruencia toda vez que no se puede defender el antejuicio para unos en tanto se califica el mismo, en el caso de otros funcionarios, como una garantía de impunidad.

Un tercer error jurídico es el que se refiere la naturaleza de la relación; en el marco de las relaciones laborales, que es el afectado por el conflicto colectivo de carácter económico social, el Procurador de los Derechos Humanos no es un defensor de derechos humanos, es un patrono y, en todo caso, en tal relación, los defensores de derechos humanos son el Sindicato, el MSICG y nuestra abogada.

Finalmente, debemos referirnos a un cuarto error jurídico, incluso contradictorio con las garantías previstas en nuestro orden constitucional, y este se refiere a la propia naturaleza de los mecanismos y normas del sistema interamericano de derechos humanos, ya que se cuestiona el accionar de tribunales e instituciones que han actuado en el marco de sus atribuciones constitucionales en procesos que se encuentran en trámite y que tales mecanismos no solo obvien la falta de definitividad procesal interna sino también que a través de los mismos se pueda vulnerar la independencia del poder judicial, la autonomía y objetividad del Ministerio Público.

Sin embargo, preocupa aún más que este intento de debilitamiento de la independencia judicial y sobre todo del inédito papel que ha desempeñado el Ministerio Público en nuestro país se produzca en los momentos en que los esfuerzos anticorrupción han comenzado a alcanzar al sector empresarial y a quienes fueron altos funcionarios del gobierno que antecedió al gobierno del Partido Patriota y que se pretenda mediante ello alcanzar impunidad para el último funcionario puesto por el gobierno de dicho partido.

Pero sobre todo que esto se haya realizado con el objetivo de obstruir la investigación que debe realizar el Ministerio Público relacionada con las amenazas de muerte, falsificación de documentos, coacción, estigmatización y criminalización realizadas contra las directivas del SITRAPDH, el MSICG y su abogada y que han sido documentadas y denunciadas al Ministerio Público desde donde se han requerido los antejuicios correspondientes ante la Corte Suprema de Justicia previo a ejercerse la persecución penal.

En este marco el MSICG deplora profundamente que las asociaciones representadas en esa audiencia se hayan referido a que tanto el MSICG como el SITRAPDH tienen vínculos con la Fundación contra el terrorismo y hayan indicado que tanto la constitución del SITRADPH, como el intento de ejercer la negociación colectiva en beneficio de los trabajadores y de tramitar un proceso de huelga por las vías legales es un acto de terrorismo, un ataque a los derechos humanos y a la Procuraduría de los derechos humanos.

Asimismo al igual que el SITRAPDH lo hizo, el MSICG aclara que no tienen ninguna vinculación con la Fundación contra el terrorismo, y que siendo una Central sindical clasista y de izquierda tampoco comparte sus principios aunque tiene claridad que, desde la lógica que impone el derecho a la igual protección de la ley que reconoce el artículo 24 del Pacto de San José, el mismo derecho tienen a organizarse o de acudir ante los tribunales del país para hacer valer los derechos que tengan o crean tener tanto la denominada Fundación Contra el Terrorismo, como las organizaciones que comparten igual estatuto como lo son CALDH, UDEFEGUA, ODHAG, ICCPG, UNAMG, SEDEM, ASFC, ECAP y el sector empresarial aglutinado en el CACIF y las diversas cámaras empresariales.

Los señalamientos realizados ante la Comisión en este caso son un mecanismo más de los muchos que ha estado utilizando el Procurador de los derechos humanos para criminalizar, estigmatizar y amedrentar a la directivas del SITRAPDH, del MSICG y su abogada y para obstruir el derecho de sindicalización, negociación colectiva y huelga del SITRAPDH y tienen como antecedente los despidos antisindicales (declarados mediante sentencias firmes por los tribunales de trabajo), la estigmatización y la criminalización realizada desde la Procuraduría de los derechos humanos en contra del SITRAPDH, el MSICG y la abogada de la Central Sindical en la cual incluso se les llegó a señalar de pertenecer a las estructuras criminales identificadas por el Ministerio Público como la Línea e IGSS-PISA, estigmatización que dejó de utilizarse cuando la Fiscalía contra la impunidad en Guatemala –FECI- adscrita a la Comisión internacional contra la Impunidad -CICIG- desvinculó a los directivos del MSICG de dichas estructuras criminales.

Igualmente tienen como antecedente amenazas de muerte proferidas contra directivas del SITRAPDH, el inicio de procesos internos en su contra para despedirlas por el ejercicio de actividades sindicales legítimas y una serie de procesos penales instados por la patronal contra el SITRAPDH y directivas del MSICG con lo cual se busca su encarcelamiento.

Ante la congruencia del MSICG, SITRAPDH y su abogada con la defensa de los intereses de la clase trabajadora ahora se llega al punto de criminalizarnos desde una instancia como la Comisión en la cual se llegó al extremo de imputársenos actos de terrorismo entre otras acusaciones infundadas que fueron inmediatamente publicadas en la página web de la Procuraduría de los derechos humanos y distribuidas entre todos los trabajadores y trabajadoras de la Institución.

En este contexto el MSICG lamenta que ese alto organismo haya debido ser testigo de los niveles de articulación y estigmatización que se ejercen en nuestro país contra derechos tan esenciales para la construcción y salud de cualquier Estado democrático, como lo es el caso de la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga, derechos reconocidos por el Protocolo adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –Protocolo de San Salvador-.

Para finalizar, les requerimos respetuosamente que una copia íntegra de esta comunicación sea entregada o remitida a todas las personas e instituciones presentes durante la sesión de la Comisión a que esta comunicación se refiere y les informamos que por un principio de lealtad surgido de nuestra vocación democrática, más que de una obligación de reciprocidad ya que como es evidente no operan las condiciones básicas para la misma, la presente comunicación se hará llegar a las instancias que consideremos pertinentes y que nos reservamos el derecho de publicar esta comunicación por las vías y medios que consideremos necesario para obtener un efectivo desagravio.

Nos suscribimos de Ustedes,

Deferentemente,

MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

En su momento el MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- publicó su informe de investigación “La maquila textil y de confección en Guatemala: ¿oportunidad y desarrollo?” en el cual dedicó dos capítulos a cuestionar las extensas exoneraciones tributarias otorgadas a los empresarios al amparo de los Decretos 29-89 y 65-89 ambos del Congreso de la República y que se encuentran vigentes desde 1989.

En este informe el MSICG hizo público también el nombre de todas las empresas y empresarios amparados en dichos Decretos, como estos defraudaban al Estado simulando cierres de las empresas para gozar eternamente de las distintas exoneraciones tributarias, los montos de impuestos estimados que dejaba de percibir el Estado producto de dichas exoneraciones, y la reiterada violación a los derechos mínimos de los trabajadores y trabajadoras que en estos centros de trabajo se propiciaban con el aval y encubrimiento del Estado.

Es de resaltar que al abrigo de dichas leyes se amparan, como lo documentó el informe presentado por el MSICG, empresarios dedicados a la exploración y explotación de recursos naturales, a la producción de alimentos, bebidas, vestuario, constructoras, de bienes de consumo diario, y en fin casi todas las actividades productivas del país llegando incluso a extenderse tales exenciones a otro tipo de beneficios como la impunidad en las constantes violaciones a los derechos laborales y el establecimiento de un salario mínimo diferenciado e inferior a los salarios mínimos generales para los trabajadores que laboren para las empresas amparadas en dichos regímenes los cuales dependen expresamente de que el patrono goce de estos privilegios fiscales.

También es necesario subrayar que las condiciones económicas y sociales de la población así como las propias condiciones de trabajo y el propio acceso al empleo, no han tenido un cambio positivo en 26 de años de vigencia de este tipo de normas, por el contrario, los niveles de pobreza, miseria y explotación se han incrementado alarmantemente de 1989 a la presente fecha.

Estas exoneraciones tributarias operan en detrimento de la capacidad del Estado de garantizar salud, educación, y los servicios básicos a la población para vivir en condiciones de dignidad y constituyen un acto de competencia desleal hacia otros Estados cuyos empresarios cumplen su deber de tributación, razón por la cual la Organización Mundial del Comercio fijó como plazo perentorio hasta el 15 de diciembre de 2015 para que el Estado de Guatemala deje sin vigencia estas modalidades de subvenciones a la exportación de bienes y servicios.

A los efectos de evadir este compromiso internacional aduciendo que se trata de normas preexistentes, las guatemaltecas y guatemaltecos vimos cómo el gobierno de Otto Pérez Molina siguiendo el mandato de las diversas cámaras empresariales trató de imponer la aprobación de nuevas leyes a través de las cuales se pretendía generalizar las exoneraciones tributarias a todos los empresarios de todos los sectores productivos por tiempo indefinido. Este mismo mandato, es ejecutado ahora por el gobierno de Alejandro Baltazar Maldonado Aguirre que a través de su Ministro de Economía con el apoyo del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras –CACIF- promueven la Iniciativa de Ley denominada Ley emergente para la conservación del empleo.

Esta iniciativa resulta por demás contradictoria pues implica nuevos y mayores privilegios fiscales en un momento en que el Estado se sumerge aceleradamente en profundos abismos fiscales al extremo de encontrarse casi totalmente desfinanciado e incapaz de sostener incluso las condiciones precarias en que se atendían las necesidades básicas de la población.

Es todavía más contradictorio que el sector empresarial se niegue a la posibilidad de pagar un impuesto específico para financiar la lucha contra la impunidad y la corrupción, como el propuesto por CICIG, aduciendo que este financiamiento debe provenir del adecuado manejo de los actuales recursos tributarios del Estado en tanto que se pretende imponer privilegios fiscales y se obvia que las coimas por obras públicas sobrevaloradas, deficientes o inexistentes y aún las propias estructuras de defraudación aduanera son producto del modelo de país que ha construido el propio sector empresarial en su cultura de no tributación, enriquecimiento sin responsabilidad social y saqueo del Estado.

En este marco el MSICG se opone a cualquier exoneración fiscal que pretenda implementarse o que mantenga vigente las actuales exoneraciones a costa de la miseria y de la exclusión social de los y las trabajadoras y sus familias y exige al Congreso de la República la no aprobación de la Iniciativa de ley denominada “Ley emergente para la conservación del empleo” a la vez que llama a sus bases y a la población en general a estar atentos y preparados para accionar y reaccionar en caso de que tal iniciativa sea aprobada como un acto más de felonía por parte del Congreso de la República hacia la población y el futuro de Guatemala.

CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

El Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- aprobó durante su 325. ª Reunión celebrada en Ginebra, Suiza del 29 de octubre al 12 de noviembre de 2015, el 376.º informe del COMITÉ DE LIBERTAD SINDICAL dentro del cual se documentó el Caso Número 3042 aperturado por la Queja presentada por el MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- en contra del Estado de Guatemala por su reiterada violación al derecho de sindicalización de los trabajadores y trabajadoras.

En este caso el MSICG denunció y probó la política antisindical del Estado de Guatemala para obstruir y denegar el acceso a la libertad sindical de los trabajadores, el derecho a constituir organizaciones sindicales que representen los intereses de la clase trabajadora, a definir su plan de acción y a nombrar sus legítimos representantes.

Dentro de los alegatos y pruebas presentadas al Comité de Libertad Sindical por el MSICG se encuentran: a) La implementación por parte del Ministerio de trabajo y previsión social de procedimientos ilegales para obstruir la inscripción de organizaciones sindicales, dentro de ellos la notificación al patrono y la admisión de la oposición de este para denegar la inscripción de sindicatos, la implementación de procedimientos que obligan a tener el consentimiento patronal previo a la inscripción de las organizaciones sindicales de trabajadores, la injerencia de las autoridades de trabajo en las disposiciones estatutarias de los sindicatos, y la imposición de requisitos arbitrarios y abusivos que no tienen más sustento que la opinión de los funcionarios que los emiten, así como la facultad ilegal que ha asumido la Dirección de trabajo de determinar cuáles trabajadores pueden optar a ejercer su derecho de sindicalización y cuales no; b) La denegación al margen de la ley del derecho de sindicalización de los trabajadores contratados con simulación de la temporalidad de sus relaciones laborales o de la naturaleza no laboral de las mismas; c) Los despidos antisindicales de los y las trabajadoras que participan de la formación de sindicatos y diversos actos antisindicales; d) La ineficacia del sistema de justicia laboral y de la justicia Constitucional para hacer respetar el derecho de sindicalización de los y las trabajadoras.

En su informe provisional el Comité de Libertad Sindical lamentó la implementación por parte del Estado de Guatemala de mecanismos que privan a los trabajadores del derecho de sindicalización en confrontación con lo establecido en los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, la prohibición impuesta desde el Estado al derecho de sindicalización de los trabajadores y trabajadoras temporales, de aquellos cuyo vínculo laboral ha sido simulado bajo contratos distintos al contrato de trabajo, y de los trabajadores que no poseen contratos de trabajo; la prohibición de la libre determinación de las estructuras sindicales y de su composición; la aplicación discrecional de normas para impedir o retrasar la creación de organizaciones sindicales; la demora sistemática en el trámite de registro de organizaciones sindicales lo que implica un grave obstáculo a la constitución de sindicatos y una denegación del derecho de los trabajadores sin autorización previa, y las modificaciones que frecuentemente el Ministerio de trabajo solicita a los estatutos sindicales que afectan el fondo de los mismos y constituyen una violación a la autonomía sindical.

El Comité lamentó la falta de recursos administrativos y judiciales rápidos y efectivos en materia de inscripción de sindicatos, la falta de reformas legales y de una intervención eficaz de la Corte de Constitucionalidad para garantizar el derecho de sindicalización de industria y que el Gobierno continúe aplicando el artículo 212 del Código de trabajo para obstruir la inscripción de sindicatos a pesar de los reiterados requerimientos del Comité y de los órganos de Control de OIT al respecto.

El Comité también se pronunció respecto a los despidos antisindicales de los miembros del SITRAGFIT, del SITRAPDH y del SIDETRALICO y a la falta de una intervención eficaz del sistema de justicia en estos casos lo cual constituye una clara violación al Convenio 98 y en el mismo sentido en los casos de discriminación en contra del SITRADEMEG, todos miembros del MSICG.

Finalmente el Comité requirió al Estado la inscripción inmediata de la Central de trabajadores de la industria de la Maquila de Guatemala –CENTRIMAG-; de la Central de Trabajadores del Magisterio Chiquimulteco –CETRAMACH-; de los Sindicatos de Telesecundaria, y de la Central Indígena Campesina de Occidente –CICO-, entre otros sindicatos miembros del MSICG.

Asimismo el Comité requirió al Gobierno revisar su resolución sobre la inscripción del SIPROSAT y proceder a la misma de conformidad con los principios del Comité, y su resolución respecto al SITRAGFIT en el mismo sentido.

El MSICG recuerda que el derecho a la libertad sindical es fundamental para el fortalecimiento de la democracia, el Estado y garantizar la paz y la justicia social y en ese marco el MSICG continuará luchando a nivel nacional e internacional hasta que el Estado garantice el derecho de libre sindicalización de los y las trabajadoras.

El MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- en el marco de la conmemoración del DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ratifica que la lucha contra la violencia estructural hacia las mujeres sigue siendo una necesidad de primer orden a nivel mundial y que poco se ha avanzado hacia su eliminación a pesar de la aprobación y puesta en vigencia de múltiples instrumentos de derechos humanos cuyo objetivo fundamental es la protección de las mujeres ante la violencia en su contra en todas las expresiones en que se manifiesta.

Los femicidios, la violencia física, sexual, económica y psicológica, la mutilación genital, el tráfico de mujeres y niñas, la violencia sexual hacia las mujeres que se recrudece en países que se encuentran inmersos en conflictos armados internos y guerras provocadas por intereses imperialistas y colonialistas, la discriminación, el reparto de roles sexistas en el hogar, la sociedad y el trabajo, la discriminación salarial y en el empleo, siguen siendo una constante a nivel mundial cuya consecuencia ha sido el sometimiento de las mujeres a la necesidad de librar intensas luchas para el reconocimiento de mínimos de dignidad y sobrevivencia en condiciones cada vez más hostiles hacia nosotras por nuestra condición de mujeres.

La falta de voluntad política de la mayor parte de Estados a nivel mundial se continua traduciendo en altos niveles de permisibilidad e impunidad de los actos de violencia contra las mujeres, en la falta de inversión en políticas públicas destinadas a frenar este ataque a la dignidad de las mujeres y el mantenimiento o creación de legislación discriminativa para con las mujeres.

En Guatemala, un país recientemente ubicado por el Banco Mundial en el último lugar a nivel mundial en inversión social y en donde la violencia y discriminación contra la mujer se evidencia en la totalidad de indicadores de desarrollo humano no resulta extraño que la condición a la que hemos sido sometidas las mujeres nos ubique en las excluidas dentro de los más excluidos.

A pesar de constituir más del cincuenta por ciento de la población total de Guatemala continuamos sometidas a relaciones desiguales de poder tanto en el ámbito privado como el ámbito público, especialmente en el acceso a la seguridad, la salud, la educación, el trabajo, los medios de producción y reproducción de la riqueza.

Según datos oficiales aunque el 59.46% de la población vive en condiciones de pobreza, las mujeres representamos el 52.10% de los pobres; únicamente el 51.2% de las mujeres tenemos acceso durante nuestros partos a un establecimiento de salud; la tasa de mortalidad materna es de 139,5 muertes por cada 100,00 nacidos vivos una de las más altas de la región (estas muertes maternas afectan en su mayoría a las mujeres indígenas (70%), con escasa educación (46% analfabetas) y multíparas; el 68% de las mujeres no tenemos tan siquiera acceso a los servicios de Papanicolaou y más del 30% somos analfabetas.

En el acceso a la vivienda la situación para las mujeres no ha variado en todas las formas, es decir, propiedad, alquiler, y crédito, las mujeres seguimos sin participar de forma equitativa en la tenencia de vivienda no superando nuestra participación el 18.7%.

En lo relativo al acceso a la tierra, según las Encuestas Nacionales Agropecuarias de 2005 y 2008, el 83% y 85%, respectivamente de la tierra para el cultivo en todas las formas de tenencia es decir en propiedad, arrendamiento o usufructo está en manos de productores hombres mientras que un 16% y 15% respectivamente está en manos de mujeres, en tanto que los hombres productores individuales tienen la mayor parte de la tierra en propiedad y arrendamiento, las mujeres productoras individuales la poseemos en usufructo y colonato.

Aunque nuestra participación en el trabajo asalariado ha venido creciendo, seguimos teniendo graves obstáculos para incorporarnos al mismo, no sólo porque las mujeres tenemos una carga laboral sin remuneración que representa por lo menos seis horas diarias sin que existan alternativas relativas al cuidado infantil, sino porque en un país tan violento para las mujeres como Guatemala nuestra incorporación al trabajo incrementa nuestra vulnerabilidad y exposición a diversos tipos de violencia de género.

Por otro lado, aunque la población ocupada en promedio no gana un salario que alcance a cubrir el costo de la Canasta Básica Alimentaria y mucho menos el Costo de la Canasta Básica Vital, las mujeres seguimos ganando entre el 50% y el 30% menos del salario que devengan los hombres por el desempeño del mismo trabajo, o incluso menos, dependiendo de la actividad económica que desempeñemos, el área geográfica en que prestemos nuestros servicios o de si somos mujeres indígenas o no indígenas.

La segmentación del trabajo también evidencia que las mujeres seguimos ocupadas mayoritariamente en empleos precarios en sectores como el comercio al por mayor y menor, transporte y almacenamiento, actividades de alojamiento y servicios de comida, en el trabajo de casa particular, en el trabajo agrícola, y en la industria manufacturera y el Estado ha implementado como política desde el año 2008 que en los sectores donde más mano de obra femenina se emplea los empleadores paguen un salario mínimo inferior al que se paga en otros sectores productivos tal es el caso de las trabajadoras de la maquila y del sector agrícola de exportación, entre otros.

En este marco las formas de violencia hacia las mujeres han ido también aumentando, los datos oficiales muestran un alarmante registro de casos denunciados de violencia intrafamiliar del año 2008 a la fecha, la violencia física, la violencia sexual, y la violencia psicológica han seguido el mismo patrón de aumento ante una ineficiente respuesta del Estado por resolver la grave situación lo que incluso ha llevado a la muerte a mujeres que han instado al sistema de justicia denunciando la violencia de la que son objeto.

La manifestación de estos actos de violencia hacia las mujeres se refleja también en la tasa de fecundidad juvenil que representa el número de niñas y niños nacidos de adolescentes de 13 a 19 años de edad por cada mil mujeres el cual es alarmante llegando a representar el 66.7%. En estos casos a los problemas y riesgos de salud tanto para la madre como para el niño o niña se suman las limitaciones que los embarazos y partos en esta edad representan para las mujeres tanto en su acceso a la educación, a optar a mejores puestos de trabajo y en términos generales a poder acceder a un nivel aceptable de desarrollo.

En su mayoría estos embarazos y partos están relacionados con actos de violencia sexual hacia las adolescentes siendo los agresores frecuentemente miembros del mismo grupo familiar o personas cercanas.

La vida política sigue siendo un ámbito reducido a las posibilidades económicas de los y las candidatas o bien a las élites económicas financistas de los partidos políticos y un campo exclusivo de los hombres no indígenas.

Frente a esta crisis de derechos humanos de las mujeres el MSICG reafirma su compromiso de seguir informando a las mujeres, asesorándolas, organizándolas e impulsando políticas públicas, legislativas, sindicales y cambios estructurales que nos permitan vivir como mujeres en condiciones dignas y en plena igualdad social, política y económica.

CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

Las guatemaltecas y guatemaltecos hemos visto como fue desarticulada la estructura criminal denominada “la Línea” dedicada a la defraudación tributaria en las aduanas; no obstante, aunque se ha capturado a la estructura coyuntural, persiste como deuda para con la sociedad guatemalteca la captura y enjuiciamiento de la parte más importante y permanente de dicha estructura delincuencial; es decir, la que se beneficia, se ha beneficiado y continuará beneficiándose de la defraudación tributaria y a cuyos nombres aún no se acerca la investigación que se ha divulgado con tanta amplitud por los medios de comunicación social.

Esta parte oculta de la estructura es la que ha generado los mecanismos y condiciones para garantizarse; por una parte, la explotación de la sociedad mediante el establecimiento de condiciones laborales cada vez más precarias y; por la otra, la acumulación de riqueza sobre la base del incumplimiento de sus obligaciones tributarias, la que ha auspiciado estructuras como la línea, las que han saqueado permanentemente al Estado a través de las compras y contrataciones, la que ha promovido fallos como los que declaran oficiosamente inconstitucional cualquier mecanismo para el incremento de impuestos directos o cualquier medida para hacer eficiente la recaudación y fiscalización del pago de impuestos y que han mantenido las irrisorias regalías por la expropiación de los recursos naturales del Estado.

Esta estructura criminal, organizada sectorialmente y con representación en cada espacio multisectorial del Estado a la par que lo desfinancian mantienen una constante presión para que la inversión de este privilegie la construcción de infraestructura para la facilitación de sus fines, irónicamente, financiada por quienes menos tienen y que si pagan sus impuestos.

En ese sentido, el incremento de los niveles de pobreza y pobreza extrema en el país así como las marcadas condiciones de desigualdad y la propia incapacidad del Estado para el cumplimiento de los fines básicos que le establecen los dos primeros artículos de nuestra Constitución son el producto de una corrupción que trasciende de los órganos de poder político y se afianzan en un sector empresarial que corrompe y desfinancia al Estado en tanto que mata a pausas a la población al tiempo que pone en marcha toda su maquinaria mediática para convencernos de que lo que han provocado y su profundización son la mejor expectativa de presente y futuro que tenemos las guatemaltecas y guatemaltecos.

Es en este marco que durante años la población guatemalteca ha subsidiado al sector denominado de maquila y exportación absorbiendo su carga tributaria a través de impuestos indirectos como el IVA y soportando la ineficacia del Estado para cubrir las necesidades básicas, también se nos ha obligado a subsidiar su enriquecimiento imponiéndonos un salario mínimo diferenciado, la ineficacia del sistema de justicia laboral y la inoperancia de un control de constitucionalidad carente de independencia y flaco garante de las disposiciones constitucionales. Todo, bajo el argumento de que estas actividades contribuirían a generar desarrollo en el país; pese a esto, desde 1986, es decir, durante 29 años, tan solo hemos visto el incremento de la pobreza, la miseria, la exclusión y un Estado cada vez más impotente para hacer frente a las necesidades de la población.

Para el MSICG, al igual que para la mayoría de la población, la corrupción estructural es un flagelo que debe detenerse y no solo coyuntural o mediáticamente sino también desde las estructuras que de manera permanente se benefician del saqueo del Estado en todos sus componentes. Como población, no podemos admitir que este continúe ni que el financiamiento del Estado se pretenda trasladar a la población con llamados a la caridad como medida de encubrimiento de quienes incumplen sistemáticamente con sus obligaciones empresariales.

La iniciativa número 5007, denominada “Ley Emergente para la conservación del empleo” presentada por los diputados Gudy Rivera Estrada (PP), Edgar Ajcip Tepeu (PODEMOS), Juan José Porras Castillo (VIVA), Orlando Joaquín Blanco Lapola (UNE), Roberto Kestler Velásquez (TODOS), Christian Jacques Boussinot Nuila (TODOS), Jean Paul Briere Samayoa (TODOS), Luis José Fernández Chenal (INDEPENDIENTE), Felipe Alejos Lorenzana (TODOS), Marta Odilia Cuellar Girón de Martínez (PP) y Mario Santiago Linares García (PP) no es sino otro de los mecanismos a través de los cuales se pretende continuar con el saqueo del Estado y de la población y para ello se les extorsiona bajo el argumento de la pérdida de puestos de trabajo o condicionando a su aprobación la ratificación de un tratado de libre comercio con Corea del Sur, país con el cual la balanza comercial para Guatemala fue negativa en el año 2014 y cuyo monto en exportaciones guatemaltecas fue de USD$ 293,034.10 e importaciones de USD$ 440,031.30.

El MSICG reitera su exigencia a los diputados del Congreso de la República de que no sea aprobada la iniciativa número 5007 y llama a la población a estar alerta y no perder de vista el hecho de que la corrupción, la pobreza y pobreza extrema del país, la falta de seguridad, de educación de calidad y de un sistema de salud efectivo, entre otras cosas, es responsabilidad directa de esa parte de “la línea” que hasta ahora se mantiene impune.

CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

De conformidad con la ENCOVI 2014, la pobreza en Guatemala se incrementó hasta abarcar al 59.3% de la población; es decir, a aproximadamente 9,592,447 personas para el 2014; en tanto que para ese mismo año, 3,785,215 personas, vivían en condiciones de pobreza extrema.

Este preocupante escenario es el producto de la constante aplicación de políticas destinadas a favorecer el enriquecimiento de minorías que han hecho, mantenido y acrecentado sus fortunas mediante el saqueo del Estado, la evasión, elusión e impulso de normas y resoluciones constitucionales que les permitan continuar sin tributar al Estado y a través de la imposición de condiciones laborales cada vez más precarias y un sistema de justicia disfuncional que tutelando al capital hunde al ser humano en la miseria.

En la construcción de esta realidad, el ciudadano Presidente, ALEJANDRO BALTAZAR MALDONADO AGUIRRE, ha jugado históricamente un papel determinante; desde su militancia en el tristemente recordado Movimiento de Liberación Nacional, su papel como diputado y como Magistrado de la Corte de Constitucionalidad al servicio de las élites que han saqueado al país y actualmente, como Presidente de un gobierno carente de legitimidad democrática, nombrado por el Congreso de la República más cuestionado de la historia y que ha conducido al país de la corrupción a la mediocridad y al absurdo, emulando la medida tomada en su momento por Carlos Castillo Armas, que en su momento otorgó un grado militar al Cristo de Esquipulas, pretendiendo nombrar General a Jesús de la Merced.

No obstante, y lo que más preocupa, es que su recorrido mediocre a cargo del gobierno pretenda ser cerrado con una nueva medida para continuar sometiendo a la población a la miseria y seguir favoreciendo a los saqueadores del país y responsables de la ignominia a que somos constantemente sometidas las guatemaltecas y guatemaltecos; estableciendo un salario mínimo diferenciado, discriminativo e injusto para cuatro municipios del país, mediante la emisión de al menos dos acuerdos; uno para fijar el salario mínimo de manera general y otro para establecer los salarios diferenciados en cuatro municipios.

Es necesario señalar que, el ajuste de los salarios mínimos establecido para las actividades agrícolas y no agrícolas (en donde el ajuste fue del 4%), es inferior incluso a los míseros porcentajes ajustados por OTTO PÉREZ MOLINA (5%) y que, en el caso de las actividades de exportación y de maquila (en donde el ajuste fue del 3,5%), amplió la brecha de desigualdad en un 0,5% que la mantenida por el gobierno de Pérez Molina.

El MSICG, llama a sus bases y a la población a estar alerta ante las medidas que posiblemente intente el ciudadano Presidente ALEJANDRO BALTAZAR MALDONADO AGUIRRE con el objeto de condenar a la población a más miseria fijando un salario mínimo diferenciado para cuatro municipios como inicio de una ruta regresiva y precarizante susceptible de alcanzar en unos años a todo el país y todas las actividades económicas y estar atentos a las medidas que la clase trabajadora guatemalteca estará tomando en caso de que tal intención se materialice y advierte que una medida de tal naturaleza, implica distintos niveles de responsabilidad que serán deducidos por el MSICG en todos los espacios en que exista la posibilidad de deducirlas, teniendo en cuenta que a partir del catorce de enero, dejará de gozar del velo de impunidad que le garantiza el antejuicio.

El MSICG hace un llamado al Ministerio de Trabajo y Previsión Social a jugar un papel acorde a su mandato constitucional y a defender el derecho de la población a una vida digna y condiciones de trabajo que le permitan crecer, vivir y envejecer con dignidad.

El MSICG tiene total claridad que las condiciones que actualmente prevalecen en Guatemala son insostenibles, que no se puede admitir mayor precarización laboral, tampoco la corrupción sistemática y sinérgica del sector empresarial y de quienes han hecho de la política una labor de servilismo a dichas elites, que es inaceptable tolerar a quienes han admitido e impulsado la evasión, elusión y apropiación de los impuestos que deberían pagar para financiar el Estado de la misma manera en que , como sociedad, no podemos mantener la postergación de los cambios que urgen en el país puesto que la suma de todo esto ya ha condenado a una generación entera a los efectos de la miseria y la desnutrición crónica. En consecuencia, no podemos, si queremos un futuro, condenar nuevas generaciones a estas condiciones.

Para el MSICG, la hostilidad hacia la mayoría de la sociedad por parte de los viejos políticos y los sectores que han escrito con sus desaciertos y codicia el maltrecho presente de nuestro país requiere una respuesta contundente de esa sociedad que finalmente es la víctima y heredera de los mismos; algunas veces, es necesario detenerse y detenerlo todo para reencausar las cosas, sin distingos, en unidad, tras un solo fin común, por un futuro que ya nos han arrebatado.

CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

Hoy, 5 de enero del año 2015, en el Programa “A Primera Hora” de Emisoras Unidas se realizó un debate entre el compañero EFRÉN SANDOVAL SANABRIA, DIRECTIVO DEL MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO –MSICG- y ALEJANDRO CEBALLOS, Presidente de VESTEX.

Les compartimos algunos de los puntos de vista vertidos por los entrevistados y les invitamos a escuchar la entrevista en el link que se publica al final de esta nota.

PRIMER BLOQUE

EFRÉN SANDOVAL
DIRIGENTE DEL MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG-

“Regularmente el sector empresarial en Guatemala ha evitado hacer dos cosas que son básicas para el desarrollo de cualquier país que es el tema de la redistribución y se han negado a redistribuir en dos sentidos en el pago de tributos y en el pago de salarios dignos.”

“El Estado ha perdido anualmente más del 7% del PIB por las exoneraciones fiscales otorgadas a las maquilas en tanto que la inversión extranjera directa de las maquilas en Guatemala no ha superado el 0.5% del PIB.”

“El salario debe proporcionar el acceso a las condiciones de una vida digna al trabajador y a su familia.”

“Ha habido una tergiversación del salario producto de la acción del Procurador de los derechos humanos y de la resolución de la Corte de Constitucionalidad pasada porque el salario es una prestación personal no familiar.”

“Tenemos un país que desde que yo conozco está en vías de desarrollo y por eso se han exonerado impuestos, se han hecho concesiones laborales a los empresarios y lo que tenemos en Guatemala es un país con más pobreza y más desnutrición crónica.”

“Si usted para poder competir necesita, que la gente gane menos de lo que necesita para comer, que el Estado no pueda cubrir servicios públicos esenciales porque usted no paga impuestos entonces usted es una empresa incompetente.”

“Si no pagaran salarios inferiores al mínimo no estarían interesados en bajar el salario como lo están haciendo, no estarían interesados en fragmentar el salario”

ALEJANDRO CEBALLOS
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE LA INDUSTRIA DE VESTUARIO Y TEXTILES –VESTEX-

“Ya nos atacaron de entrada”

“Puntos a favor no hay empleo simplemente no hay las comunidades son terriblemente pobres y nosotros vemos una oportunidad nosotros en cada exportación vemos una oportunidad”

“La discusión es tonta porque hablamos del salario mínimo es decir yo no pretendo que la gente llegue a mi fabrica y gane el mínimo es decir”

“Todos nos tenemos que diferenciar”

“La gran ventaja de la industria es que puede agarrar a alguien que es un trabajador agrícola que no sabe leer y escribir y con solo que pueda usar sus dos lados del cerebro le puede enseñar a coser.”

SEGUNDO BLOQUE:

EFRÉN SANDOVAL

“No es una lógica empresarial del mundo esa es la lógica empresarial de ustedes”

“Lo primero y básico es que todos paguemos impuestos de conformidad con lo que tenemos”

“¿La ley que ustedes están impulsando en el Congreso es para pagar más impuestos?”

“Cuando vinieron los españoles se repartieron a la gente por mano de obra barata y es lo que están haciendo en estos momentos.”

ALEJANDRO CEBALLOS

“Salario mínimo es el salario que se paga por no hacer nada”

“No sabes coser no podes nada y te tengo que pagar Q5, 000.00 como quieren los señores del MSICG aquí”

“Propusieron la idea a Álvaro Colom que era maquilador”

Pregunta realizada por el entrevistador ¿Qué opina del pronunciamiento de la Oficina del Alto Comisionado?

“Yo no he visto que los que se oponen hayan puesto un centavo”

“No vi al Comisionado de derechos humanos, ni al Procurador ni a nadie irle a dar mil quetzales a la gente.”

TERCER BLOQUE

EFRÉN SANDOVAL –MSICG-

Pregunta del entrevistador ¿Qué podría rescatarse de esta propuesta?

“No es rescatable porque no es rescatable una propuesta de generación de trabajo que no le va a dar a la gente ni para comer y este no es un tema ideológico y eso es algo que no se cumple con esta propuesta. Estamos hablando de un ingreso que sumando el ingreso de dos personas le alcanza para comprar 26 alimentos crudos, ni siquiera eso, con los datos de la ENCOVI 2014”

“Es una propuesta que sigue en la misma lógica de lo que se ha hecho en los últimos 27 años que nos va a producir supuestamente desarrollo y ahora tenemos más pobreza, más desnutrición crónica, más inseguridad, un Estado sin capacidad para atender la salud, la educación, un Estado sin la capacidad para atender nada…”

ALEJANDRO CEBALLOS –VESTEX-

“Si no hubiera maquila posiblemente los trabajadores de la maquila estuvieran extorsionando”

“Nosotros contribuimos con empleos decentes”

“Tengo que pagar por los días que no llega, que está aprendiendo, paguemos el día que trabajan lo que deben ganar”

“Como VESTEX nos han invitado a muchos municipios se nos han acercado muchos alcaldes que quisieran poner una maquila y les hemos dicho que estas son las condiciones y lo que tenemos que lograr es esto, la propuesta es para todos los alcaldes pero los demás ni siquiera le pusieron atención”

“Estos son los cuatro alcaldes que se subieron al camión, los demás ni siquiera le pusieron atención”

EFRÉN SANDOVAL – MSICG-

“Estamos hablando de más de 330 municipios y de esos sólo 4 quieren este tipo de modelo de desarrollo para sus respectivos municipios como indicador como que es pobre”

“Muchos hablan de la línea 1 y de lo que la línea defraudó pero hay una corrupción más grave que se da por los poderes públicos que aprueban medidas como esta (en referencia a los Decretos 29-89 y al Decreto 65-89) y como la medida tomada por el Presidente de la que hablamos y que es una medida ilegal y usted sabe perfectamente que es ilegal”

“La función del derecho de trabajo es proteger el acceso de la gente a una vida digna la gente debe tener en cuenta que si nosotros apoyamos este tipo de medidas apoyamos un sistema económico que va a matarse que no genera capacidad de consumo.”

ALEJANDRO CEBALLOS -VESTEX

“Pero es el mínimo”

EFRÉN SANDOVAL –MSICG-

“Hay tantas empresas que han sido denunciadas más de 300 veces por no pagar ni el salario mínimo. Por otro lado apostarle a un tipo de modelo de desarrollo que frena la redistribución es un modelo que no va a conducir al país a ningún lugar.”

“Ojalá algún día los guatemalteco podamos combatir este tipo de corrupción estructural que finalmente desfinancia al Estado de distintas formas”

ALEJANDRO CEBALLOS –VESTEX-

“No hay quien quiera invertir.”

“Hablamos de salarios mínimos.”

Pregunta del entrevistador: ¿Cuál sería la propuesta de ustedes para llegar a un acuerdo con Sandoval?

“Es imposible porque no entienden.”

“Yo haría una cosa le diría partamos al país en dos que en un lado tengan salario de un millón de quetzales y la otra que tengo cero y nos juntamos en 10 años”

EFRÉN SANDOVAL –MSICG-

“Hace 27 años le propusieron al pueblo de Guatemala lo mismo y los resultados los tenemos ahora no hay cambios, si mi opción es aceptar que condenen a la gente a condiciones de miseria, a la niñez que es el futuro de Guatemala a la desnutrición crónica yo prefiero morirme”

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