Párrafo especial para Guatemala: La América obrera unida por la Libertad Sindical
El día de ayer Comisión de Aplicación de Normas de la 100ª Conferencia Internacional del Trabajo estudió el caso de Guatemala por graves y reiteradas violaciones al Convenio 87, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
El caso de Guatemala fue el primero en ser discutido debido a que sobre el mismo pesaba un doble pie de página otorgado por la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones -CEACR- de la OIT a instancias de las denuncias presentadas por el MSICG. A pesar de los múltiples intentos de debilitar el caso por parte de personas que no representan los intereses de las trabajadoras y los trabajadores y cuya única labor fue la de intentar que el caso de Guatemala fuese desestimado; el caso fue coordinado de manera exitosa por CSI, CSA, FSM y el MSICG coordinación que logró, sin más bandera que la exigencia del respeto a la libertad sindical en Guatemala, presentar un caso fuerte.
El MSICG agradece a nuestra hermana FNV-Holanda por el apoyo vital que nos brindó para poder llevar a la Comisión de Aplicación de Normas la voz y realidad de la clase trabajadora guatemalteca.
El MSICG agradece a FSM por haberle acreditado para facilitar su participación activa en el caso de Guatemala.
En la coordinación del caso se contó con la solidaridad de CSI, CSA, FSM, FNV de Holanda; CUT de Brasil, PIT-CNT de Uruguay, CUT, CTC, CGT, la ENS y la Asociación de Juristas de Colombia; AFL-CIO de los Estados Unidos de América; DGB de Alemania; UNETE de Venezuela; CTRN de Costa Rica y el documento base presentado por el MSICG en Español y en Inglés.
Durante la discusión del caso hicieron uso de la palabra los Gobiernos de Estados Unidos, Alemania, Bélgica y Luxemburgo quienes manifestaron su preocupación por la reiterada y sistemática violación en Guatemala de la libertad sindical y los derechos fundamentales de las trabajadoras y trabajadores. El MSICG agradece la preocupación de los gobiernos de estas naciones hermanas y el interés manifestado en el caso de Guatemala no sólo por tratarse de importantes socios comerciales del país sino porque demuestra su compromiso con las trabajadoras y trabajadores de Guatemala y con la construcción de la justicia social en nuestro país.
La Comisión de Aplicación de Normas de la 100ª Conferencia Internacional del Trabajo, luego de demorarlas hasta el día de hoy, al concluir estimó procedente incluir las conclusiones respecto al análisis del caso de Guatemala por violaciones a la libertad sindical en un párrafo especial para ser citado en el informe General de la Conferencia. El párrafo especial es una medida que se aplica a los casos de extrema gravedad y en donde los gobiernos han mostrados, falta de avances, falta de voluntad y falta de colaboración con los órganos de control de la OIT.
En las Conclusiones, la CAN aceptó todas las recomendaciones solicitadas por el MSICG incluyendo dentro de estas la petición de una reforma fiscal integral para fortalecer el Estado de derecho.
El MSICG expresa su satisfacción por este logro del internacionalismo sindical; que comenzó a forjarse en las Américas y contó con el apoyo y solidaridad de nuestras hermanas europeas y que deja claro que el sindicalismo, cuando se ejerce desde la plena observancia de sus principios y anteponiendo estos a los obstáculos que se presenten, es una gran familia que hermana a la clase trabajadora del mundo y enarbola esa única bandera de justicia, igualdad y respeto a la dignidad humana.
Para el MSICG el párrafo especial otorgado a Guatemala, desde el año 1985 en que se le dio un párrafo especial por violaciones al Convenio 87, es un mínimo acto de justicia que en este momento tienen las trabajadoras y trabajadores guatemaltecos que han sufrido junto a sus familias todo tipo de represalias por el simple hecho de haberse atrevido a soñar con una Guatemala con justicia social y confiar en la organización sindical como el instrumento idóneo de luchas de clases para impulsarla.
También este párrafo especial es una protesta realizada por los propios empleadores de mundo contra los empresarios que operan en Guatemala en reproche y exigencia de que cumplan el pacto mínimo al que se comprometieron bajo sus propias reglas y que se refleja en las leyes de trabajo que ellos mismos aprobaron. En ese sentido, el mensaje de los empleadores del mundo es contundente sobre que nos se seguirá tolerando el dumping social generado por los empresarios guatemaltecos a costa de las graves violaciones a la libertad sindical.
Al igual, la medida sumida desde el tripartismo internacional, es un llamado a los gobiernos democráticos del mundo para que condicionen la cooperación internacional para el Estado de Guatemala a que respete y haga respetar la libertad sindical y los derechos humanos de las trabajadoras y trabajadores.
El MSICG en este momento de esperanza, en que confía que la congruencia democrática de la comunidad internacional conduzca al gobierno y al sector empresarial guatemaltecos a ver la necesidad de permitir en Guatemala los cambios necesarios para la construcción de una verdadera democracia, sin exclusiones y con justicia social; quiere hacer un alto en el camino para recordar y honrar la vida y sacrificio de todas nuestras hermanas y hermanos que en Guatemala y en el resto del mundo, especialmente en nuestra todavía desangrada hermana Colombia, han dado cuenta con sus vidas de la lucha por la libertad sindical. El MSCIG expresa su esperanza porque el velo de la impunidad no siga cubriendo a sus asesinos y porque el severo llamado de atención implícito en este párrafo especial contribuya a que el gobierno y el sector empresarial permitan romper de una vez por todas con los severos obstáculos, legales y fácticos, que no permiten que en Guatemala se pueda ejercer la libertad sindical en un clima exento de violencia y presiones de ninguna clase.
CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDIGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG