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El día de ayer, 10 de mayo de 2011, el Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco –MSICG- recibió en su sede en la Ciudad Capital de Guatemala a la Misión de Alto Nivel de la Organización Internacional del Trabajo integrada por mandato de la Comisión de Normas de la 99ª Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT celebrada en el año 2010 en Ginebra en virtud de ser el Estado de Guatemala uno de los Estados del mundo que ha persistido en la sistemática violación de los derechos sindicales haciendo caso omiso de las Observaciones de los órganos de control de OIT, es importante recalcar que misiones de este tipo sólo son enviadas a los países donde existen las más graves violaciones  a los derechos humanos de los y las trabajadoras.  La reunión entre el MSCIG y la Misión había sido solicitada y acordada con el Director General de la Organización Internacional del Trabajo ante la negativa del gobierno de permitir que la misma se reuniera con el Movimiento autónomo del país.

Para dicha reunión, el MSICG preparó un extenso informe en el cual se demuestra la existencia de patrones antisindicales en Guatemala que datan desde el año 1954 hasta la presente fecha, se hace un recuento de la conducta evasiva del Estado de Guatemala desde el año 1989 y que demuestra la ausencia de voluntad política del Estado de Guatemala para armonizar la legislación y la práctica al respeto de la libertad sindical; la falta de voluntad y eficacia por parte del Estado de Guatemala para resolver el tema de la violencia antisindical, se evidenciaron las causas de la lentitud de los procesos judiciales demostrando la mora en la administración de justicia laboral, se demostró la limitada incidencia del amparo en la celeridad de los procesos laborales y el abuso de esta vía por parte del Estado de Guatemala; se analizó la calidad de los acuerdos conciliatorios realizados en la Inspección General de Trabajo; los obstáculos a la inscripción de sindicatos; la inexistencia de acceso al derecho de huelga legal en Guatemala, la distribución de la afiliación sindical y la situación de la libertad sindical y negociación colectiva en las maquilas, entre muchas otras cosas.

Durante la reunión el MSICG insistió en que la democracia y el pleno respeto a la libertad sindical requieren de que las instituciones del Estado de derecho cumplan efectivamente con las funciones para las que fueron creadas y en que resulta contraproducente, tanto para la democracia como para la libertad sindical, que las severas deficiencias en el accionar de estas instituciones se suplan creando cualquier tipo de mecanismo alterno que admita que tales instituciones continúen en el incumplimiento de las funciones que el Estado de Derecho les asigna y pidió a la Misión abstenerse de cualquier acuerdo que irrespete la lucha de las organizaciones autónomas guatemaltecas por alcanzar el pleno respeto a la libertad sindical y sorprenda la buena fe de la comunidad internacional, tal y como ha sido la tendencia del actuar Estatal ante el Comité de Libertad Sindical, la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones, la Comisión de Aplicación de Normas y las Misiones de alto nivel, de contactos directos y de asistencia técnica que OIT ha nombrado para Guatemala durante los últimos 22 años.

En dicha reunión el MSICG aprovechó para ejemplificar la gravedad de las violaciones a la libertad sindical presentando en la voz de sus propias bases algunos casos paradigmáticos en los cuales se demuestra en la práctica la implementación de estas políticas antisindicales.

El MSICG manifestó también a la Misión de Alto Nivel su preocupación por la falta de respuesta del Ministerio de Trabajo y Previsión Social a su solicitud de acreditación dentro del grupo de los trabajadores de una delegación del MSICG para la 100ª Conferencia Internacional del Trabajo aun y cuando se le ha manifestado que no se está requiriendo erogación alguna del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

El MSICG expresa su esperanza porque el Gobierno muestre el mínimo de voluntad política necesario para romper con la práctica del nombramiento de representantes cooptados por el gobierno y de exclusión hacia las organizaciones autónomas; lo cual, no es sino otro mecanismo de evasión del debate de fondo.

El MSICG como principal querellante ante los órganos de control de la OIT  contra el Estado de Guatemala por violaciones a la libertad sindical y demás derechos de los y las trabajadoras guatemaltecas ratifica que continuará accionando a todo nivel tanto nacionalmente como internacionalmente hasta que en Guatemala los trabajadores tengamos un trabajo decente y podamos ejercer en consecuencia nuestros derechos sindicales con plena libertad y sin temor.

Guatemala se encuentra hoy día sumergida en la intensificación de una campaña electoral que inició hace más de tres años y que solo ha servido para desnudar una realidad cada vez más vigente en el país y es que tras el ejercicio del poder de este gobierno y de los demás gobiernos que ha habido desde el año 1954, se esconden una suma de intereses que poco o nada tienen que ver con la construcción de un verdadero Estado de derecho, con una democracia participativa e incluyente, la construcción de la justicia social y la erradicación de las causas de la exclusión y la miseria en la que se encuentra sumida la clase trabajadora del país.

Siendo que el problema del país es de naturaleza estructural, está claro que el mismo no se soluciona con el ofrecimiento de la represión o con el otorgamiento de paliativos temporales mediante un asistencialismo con fines electorales, se hace imperativo e imprescindible democratizar la economía y las relaciones laborales, redistribuir la riqueza eficientemente, desconcentrar el poder y el bienestar, implementar una reforma al sistema electoral y de partidos políticos para que no sean siempre las élites económicas y sus representantes las que lleguen al poder y para que se garantice el derecho al autogobierno y la libre autodeterminación de nuestros pueblos, es indispensable fortalecer el Estado y sus instituciones, garantizar la independencia de poderes, los contrapesos y el control social sobre las mismas, especialmente fortalecer nuestro fallido sistema de justicia, que ahora además tiene el reto de tener por Fiscal General del Ministerio Público a una funcionaria que discrimina, persigue y estigmatiza la libertad sindical.

Nuestra democracia no puede seguirse limitando a acudir a votar cada cuatro años para legitimar formalmente los mismos intereses que nos han gobernado, explotado y masacrado durante más de quinientos años y que han garantizado a través de la toma del Estado, que el estatus quo se mantenga.

De 1944 al año 1954 bajo los gobierno del Doctor Juan José Arévalo Bermejo y Jacobo Arbenz Guzmán se intentó realizar estos cambios profundos pero el proceso fue truncado con el golpe de Estado orquestado por Estados Unidos y la oligarquía Guatemalteca. En 1996 después de 36 años de guerra interna, se firman los Acuerdos de Paz intentando a través de ellos promover una agenda nacional que permitiera construir en Guatemala una verdadera democracia; sin embargo, los aspectos fundamentales de estos nunca estuvieron en la agenda real del Estado de los empresarios y por ello al día de hoy los avances se resumen en aspectos cosméticos y meramente formales.

El grave problema, es que esos aspectos fundamentales tendían a solucionar gradualmente las causas que originaron el conflicto armado interno y, naturalmente, esta desatención sumada a la implementación de medidas orientadas a la mayor concentración de la riqueza, del poder y del bienestar en pocas manos, ha tenido como efecto que estas causas lejos de disminuirse se hayan recrudecido para la clase trabajadora del país.

Durante los últimos años, Guatemala ha sido severamente cuestionada por ser una economía que no propicia el desarrollo humano, por ser un país en donde se dejan de cumplir las normas laborales para obtener ventajas comerciales, por ser un país violador de la libertad sindical y de los derechos humanos de los trabajadores y trabajadoras en general, de los derechos de los pueblos indígenas, de las protecciones contra el trabajo forzoso, altamente desigual, discriminativo, racista, y excluyente, por ser el país de América latina con la tasa más alta de desnutrición crónica y es el sexto país del mundo, la desnutrición crónica afecta al 49% de la niñez, ello debido básicamente a la concentración de la tierra en pocas manos y a la falta de condiciones de trabajo y salario decente de los adultos, conocido además por la disfuncionalidad de sus instituciones pero, especialmente, por no tener la voluntad política ni la vocación democrática necesarias para cambiar las cosas.

El Estado de Guatemala hoy día no puede ser calificado como un Estado democrático sino que como uno que desde su fundación se ha organizado para proteger y realizar los intereses de las elites y no de las grandes mayorías.

En su oportunidad el MSICG, propuso al actual gobierno un Plan Nacional de Trabajo decente, reformas y creación de leyes que permitieran por lo menos proteger las condiciones laborales básicas, una reforma fiscal integral que permitiera la redistribución y no la reconcentración, un plan para que la crisis mundial se enfrentara generando condiciones de trabajo decente, la recuperación de la soberanía del Estado sobre los servicios esenciales, un plan para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria.

Así mismo en conjunto con otras organizaciones campesinas e indígenas hemos apoyado e impulsado la Ley de desarrollo rural integral que contempla condiciones mínimas de acceso a la tierra, a los medios y mecanismos para que esta sea productiva, la creación de condiciones de seguridad y soberanía alimentaria y la recuperación de las condiciones laborales precarizadas debido a la falta de interés del Estado por siquiera cumplir sus propias leyes laborales. Lamentablemente como históricamente ha sucedido con las iniciativas de ley que pretenden beneficiar a la clase trabajadora del país su aprobación fue bloqueada por las bancadas de los partidos políticos que hoy se acercan a las trabajadoras y trabajadores del agro pero que desde el Congreso de la República no han representado sino los intereses de las mismas elites de siempre; ahora nos ofrecen cambios que cuando han tenido la oportunidad de realizar atendiendo a las propuestas de la sociedad simplemente se han negado a hacer esperando que, al momento de emitir el voto, nos olvidemos de que nunca han estado con nosotros.

En este marco también apoyamos y promovimos la Política de desarrollo rural integral la cual fue aprobada por el presidente de la República pero nunca se le dotó de recursos e infraestructura para su implementación, por el contrario a las pocas instituciones encargadas de asuntos relacionados con el campo se les quitaron recursos para ser trasladados a programas cortoplacistas.

Desde nuestro surgimiento y del surgimiento de las organizaciones que nos conforman, como también lo han hecho otras organizaciones hermanas democráticas, sociopolíticas, que mantienen su autonomía y visión de clase, hemos mantenido la constante denuncia de las violaciones a los derechos de la clase trabajadora y la defensa de los intereses que como clase nos identifican. La respuesta a esto durante este gobierno, ha sido la represión, asesinatos, persecuciones, amenazas, estigmatización, recrudecimiento de las violaciones a la libertad sindical, mayor sobre explotación para las trabajadoras y trabajadores de la maquila y actividades de exportación y trabajadores en general; ampliación de la edad de jubilaciones, reducción de pensiones y beneficios en el IGSS a lo que se prestaron los supuestos representantes de los trabajadores que no representan sino sus propios intereses; una serie de proyectos dirigidos a favorecer más al sector empresarial a través de las zonas francas y beneficios fiscales y subsidios.

El actual gobierno, en lugar de promover estas y otras iniciativas que beneficiarían a las mayorías, está permitiendo e implementando mecanismos para garantizar la reconcentración de la tierra dada a los campesinos a través del Fondo de Tierras en condiciones que hacían imposible el pago de la deuda agraria, que solo garantizaba el trabajo no asalariado para mejorar las fincas y luego entregarlas de nuevo a los grandes empresarios agrícolas sin que exista una voluntad real de solucionar esta problemática; el Organismo Ejecutivo pretende imponer un reglamento de consultas a los pueblos indígenas que constituye una violación integral a los derechos humanos de nuestros pueblos principalmente al derecho a la libre autodeterminación y al autogobierno consagrado en el Convenio 169 de la OIT, entre otros instrumentos de derechos humanos y que sólo pretende en el fondo legitimar el despojo violento de los territorios y recursos naturales de los pueblos indígenas para entregarlos a los intereses de las élites propietarias de las empresas de agrocombustibles, generación de energía eléctrica, minería, petroleras, etcétera, reconcentrando aún más la tierra.

La protesta social por las condiciones de injusticia que se están recrudeciendo en el país, la reivindicación de los derechos ancestrales sobre la tierra, por el trabajo decente, la exigencia de la soberanía alimentaria y sobre los servicios esenciales, la sola aspiración a un modelo de desarrollo democrático, en el que el desarrollo no reparta miseria, hambre y desnutrición a las mayorías, es penalizado por ese mismo Estado mediante desalojos, ordenes de captura y condenas para quienes cuestionan el actual estado de cosas.

La falta de solución a esta problemática estructural no solo ha generado hambrunas y la desnutrición crónica de la mayoría de los niños sino que también la desintegración de las familias y la muerte de guatemaltecos y guatemaltecas que en medio de esa desesperación optan por abandonar el país y viajar de manera ilegal a los Estados Unidos de América en la búsqueda de la sobrevivencia arriesgándose a una violencia que, seguramente, les parece menos grave que la violencia permanente que representa para ellos y ellas y sus familias la falta de condiciones de trabajo decente que les garantice una vida digna.

En este marco, el gobierno, los empresarios y supuestos dirigentes que han olvidado la función de la dirigencia sindical y social permitiendo que se les instrumentalice, impulsan hoy día la aprobación de un Consejo Económico Social como una instancia de diálogo social en un país que es ampliamente cuestionado por la violación de los convenios considerados como fundamentales por la OIT así como por aquellos que vinculan espacios de diálogo social y se pretende que en esta instancia, en donde el sector empresarial ha impuesto sus eternas condiciones de dialogo sin voluntad ni compromiso social ni democrático, se discutan todos los problemas nacionales aún y cuando, quienes han conformado el grupo promotor y seguramente serían ubicados en representación de la sociedad no representen cuantitativa o cualitativamente los intereses de las mayorías, las cuales junto con sus dirigencias democráticas han sido excluidas.

Y esta exclusión no es casual, está presente en todos los espacios de representación de la clase trabajadora; la vemos en la Junta Directiva del IGSS evidenciada en el papel desastroso que han realizado los supuestos representantes de los trabajadores; en la Junta Directiva del IRTRA en donde han permitido la creación de centros inaccesibles para los trabajadores; en el INTECAP en donde los funcionarios de esta institución están llegando al extremo de prestarse para legitimar los procesos de despido contra dirigentes sindicales; en CONASSO en donde no se ha hecho nada por garantizar la seguridad ocupacional; en la Comisión Tripartita de Asuntos Internacionales de Trabajo en donde han trabajado precisamente para encubrir la responsabilidad del Estado en las violaciones a los Convenios de OIT y ahora los tenemos en las Comisiones del Salario; casualmente, en todos estos espacios, están representantes de las mismas organizaciones y del mismo ente que opera como organización pro gobiernista y pro empresarios.

En estas condiciones, la lucha por la vida y el trabajo no debe hacerse con fines esencialmente conmemorativos sino reivindicando esa agenda estructural siempre se ha obviado y lo peor que pudiera suceder es que lo olvidáramos nosotros; salir a las calles para conmemorar el día del trabajo, en las condiciones en que el trabajo se encuentra en Guatemala coincidiendo con quienes se estás prestando para legitimar este olvido, sería como perder de vista que el día del trabajo es consecuencia de una lucha estructural.

Es por eso que el MSICG junto a otras organizaciones hermanas ha tomado la decisión de no marchar el primero de mayo sino hoy 29 de abril del año 2011, porque la lucha por la vida, la tierra, el trabajo decente y la libertad sindical atiende a la necesidad de cambios estructurales urgentes y porque el sacrificio de los mártires de Chicago y de los mártires guatemaltecos de estas luchas no se puede honrar acertadamente sino luchando por estos cambios estructurales, para lo cual no se puede esperar a que un asueto nos autorice hacerlo.

Y como parte de esa lucha y de la solidaridad de la clase trabajadora a nivel mundial, el MSICG exige el cese de la agresión militar contra Libia y condena que nuevamente los intereses corporativos estén costando la vida de seres humanos.

El día de hoy 29 de abril del año 2011 miles de líderes y lideresas de organizaciones sindicales, indígenas y campesinas llenaron las calles del país en un acto de reivindicación, resistencia y protesta en la CONMEMORACIÓN DEL 1 DE MAYO, la marcha que inició a las 08:00 de la mañana y colmó durante toda la mañana la Zona viva, los centros comerciales de las grandes empresas, las oficinas de la Empresa Cementos Progreso, entre otras oficinas de importantes transnacionales. 

Las principales demandas de la clase trabajadora en esta marcha reivindicativo fueron:  La exigencia de trabajo decente, de libertad sindical, del pleno respeto al Convenio 169 de la OIT, sobre todo del derecho de autogobierno, libre determinación y consulta de los pueblos indígenas que pretende ser violado a través del Reglamento de Consulta que desea imponer el Organismo Ejecutivo, la exigencia de que se apruebe la Ley de desarrollo rural que pretende avanzar en la implementación de condiciones de trabajo decente en el área rural, la exigencia del cese de la cuasi esclavitud en la que el Estado de Guatemala ha sumido a miles de compañeros, compañeras y familias a través de la deuda agraria promovida mediante el mercado de tierras. 

Durante su recorrido, la multitudinaria movilización se detuvo por momentos para plantear sus demandas al Congreso de la República, a la Corte Suprema de Justicia, al Organismo Ejecutivo y ante diversas embajadas como la de Canadá y Estados Unidos.

Dentro de las organizaciones y pueblos que participaron en la marcha junto al Movimiento sindical, indígena y campesino Guatemalteco –MSICG- se encuentran, nuestras hermanas organizaciones del CUC, CNOC, Plataforma Agraria, Consejo de Pueblos, CONDEG, ACODET, Vía campesina, Juventud en resistencia, Comunidad de poblaciones en resistencia, Movimiento de mujeres TZ’ununija’, Parlamento Xinca, Movimiento Waqib’Kej, 12 Comunidades Kaqchiqueles, CODECA, UVOC, entre otras.

Junto con esta movilización el MSICG ha emprendido y emprenderá una serie de acciones reivindicativas para promover el trabajo decente en el país dentro de ellas:

1. La presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH- de una denuncia contra el Estado de Guatemala por los desalojos forzosos y violentos de los que están siendo objeto los trabajadores campesinos e indígenas del país sobre la base de una normativa que violenta los derechos humanos fundamentales. La cual fue presentada con fecha 27 de abril del año 2011.

2. La presentación ante la Comisión Interamericana de derechos Humanos –CIDH- de una denuncia contra el Estado de Guatemala por la intención del Organismo Ejecutivo de Imponer un Reglamento de Consulta a los pueblos indígenas que viola el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Nacional Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas, los Pactos internacionales de derechos humanos, entre otros. La cual fue presentada con fecha 27 de abril del año 2011.

3. La presentación ante la Comisión Interamericana de derechos humanos CIDH de una denuncia contra el Estado de Guatemala por las graves violaciones a los derechos sindicales de los y las trabajadoras guatemaltecas. . La cual fue presentada con fecha 27 de abril del año 2011.

4. El inicio de la implementación  de la  agresiva campaña de afiliación de los trabajadores de la Confederación Campesina del Altiplano y de la Confederación Unitaria de trabajadores de Guatemala.

5. El inicio de los debates sobre la autorreforma sindical a nivel nacional en aras de promover un movimiento sindical democrático, independiente, transparente, autónomo y que represente los verdaderos intereses del país.

6. Otras que se estarán anunciando la próxima semana.

Con fecha 6 de abril del año 2011, en el Diálogo Nacional Sobre Conflictividad Agraria, realizado en el Hotel Royal Palace de la ciudad capital, el Licenciado Javier Ernesto Monterroso Castillo, en su calidad de representante de la Señora Fiscal General de la República y Jefa del Ministerio Público,  Señora Claudia Paz y Paz, al ser cuestionado por las acciones antisindicales emprendidas por la actual Fiscal contra el SITRADICMP y ante la concurrencia conformada por  dirigentes de las organizaciones participantes, representantes de la cooperación internacional, y miembros del cuerpo diplomático, realizó una serie de aseveraciones entre las cuales se encuentran  las siguientes:

  1. Que en el Ministerio Público existen dos sindicatos, uno con más de mil afiliados y uno con sólo catorce personas.
  2. Que el SITRADICMP cuenta con sólo catorce miembros,
  3. Que los miembros del SITRADICMP son parte de una unidad que no ha podido ser depurada.
  4. Que un directivo sindical  del SITRADICMP, se encuentra afiliado a dos sindicatos.


Tales comentarios que más allá de la irresponsabilidad y el intento de causar sorpresa, denotan la política antisindical y discriminativa recrudecida por la actual Fiscal General en contra del SITRADICMP.

Ante ello, el SITRADICMP, en comunicación entregada el 19 de abril del año 2011; entre otras cosas, solicitó nuevamente una audiencia a la FISCAL GENERAL y, teniendo en cuenta lo delicado que resultaría que una institución como el Ministerio Público asuma como mecanismo de acción el recurrir a argumentos sin fundamento para justificar sus actos,  EMPLAZÓ A LA FISCAL GENERAL Y JEFE DEL MINISTERIO PUBLICO A PROBAR LOS EXTREMOS ASEVERADOS POR SU REPRESENTANTE Y QUE OBRAN EN LA GRABACIÓN QUE HA SIDO DIFUNDIDA POR EL MSICG, toda vez que los mismos carecen por completo de veracidad.

En la misma comunicación se lamentó que la Señora Fiscal haya nombrado en la Secretaría General del Ministerio Público a una persona que fue excluida del listado de elegibles para ocupar la Fiscalía precisamente por la existencia de procesos vinculados a la violación de derechos humanos y humanos sindicales en su contra y que siendo esta la persona que en su ausencia le substituye esto constituya un acto de desconocimiento a los esfuerzos que en la búsqueda de transparencia empeñaron todos y cada uno de los miembros de la Comisión de postulación y los miembros de la sociedad civil que presentamos nuestros objeciones en el marco de la Ley.

El SITRADICMP responsabilizó a la Señora Fiscal General y Jefe del Ministerio Público de los actos orientados a perjudicar a sus directivos y miembros de base y solicitó el cese inmediato de la persecución, discriminación y estigmatización antisindical emprendida por la actual Fiscal General y su Equipo de Trabajo.

La carta referida puede ser leída integramente en el siguiente artículo:  Carta abierta de  SITRADICMP a  Fiscal General y Jefa del Ministerio Público y puede ser descargada en formato pdf en el siguiente link:

Guatemala 20 de abril del 2011

Doctora
CLAUDIA PAZ Y PAZ BAILEY
Fiscal General y Jefa del Ministerio Público.
Ministerio Público
Su despacho.

Distinguida Señora Fiscal

Atentamente nos dirigimos a usted, para solicitarle por quinta vez como sindicato de profesión y único representante de los trabajadores de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Publico – SITRADICMP – nos conceda una audiencia en la cual usted se encuentre presente, con el fin  de abordar y buscarle solución inmediata a la graves violaciones a los derechos laborales y sindicales que existen dentro de la Dirección de Investigaciones Criminalística – DICRI –, las cuales han estado a la luz de las Observaciones de los Órganos de Control de la Organización internacionales del trabajo –OIT- especialmente del Comité de Libertad Sindical –CSL-.

Dentro de esta problemática relacionada con graves violaciones a la libertad sindical cabe mencionar el seguimiento de juicios ordinarios para despedir a la mayoría de miembros del Comité Ejecutivo del SITRADICMP, los constantes intentos de traslado de nuestros directivos y más recientemente el traslado de nuestro Secretario General, compañero JAVIER ADOLFO DE LEON SALAZAR, quien ha desarrollado sus labores en la sede central de la DIRECCION DE INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS asignado a la UNIDAD DE RECOLECCION DE EVIDENCIAS de la ciudad capital de Guatemala por más de once años y ocho meses continuos, quien desde el intento de formación de nuestra estructura sindical ha sido reprimido en aras de dejar acéfalo nuestro sindicato y obstruir el pleno ejercicio de nuestros derechos sindicales. Es importante mencionar que las acciones antisindicales contra nuestro sindicato habían sido dejadas de lado por el anterior Fiscal General a raíz de las Observaciones del Comité de Libertad Sindical de la OIT, sin embargo las mismas han sido retomadas y endurecidas durante su administración.

Es importante recordar que tales actos antisindicales constituyen graves violaciones a los derechos sindicales contenidos en los Convenios 87 y 98 de la Organización internacional del trabajo, el Protocolo adicional a la convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, Protocolo de San Salvador, la Convención Americana Sobre derechos humanos, la Declaración americana sobre derechos y deberes del hombre, la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código de Trabajo, el Pacto Colectivo de condiciones de trabajo firmado entre el Ministerio Publico  y el  Sindicato de Trabajadores del Ministerio Publico -STMP-, y demás leyes laborales del país; y que únicamente evidencian la intención y política de Estado asumida por el Ministerio Público de obstaculizar el trabajo de nuestro sindicato en la lucha reivindicativa de los derechos de los y las trabajadoras de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público y de la clase trabajadora en general.

Desde el momento en que usted tomó posesión como Fiscal General y Jefa del Ministerio Publico, se le ha solicitado en repetidas ocasiones una audiencia por parte de nuestro sindicato, peticiones que no han sido atendidas por su persona, sino por el contrario, ante tales solicitudes se procedió en un acto de represalia a trasladar a nuestro Secretario General a más de 500 Kilómetros de la sede central y lugar donde ejerce las funciones laborales y sindicales, esto aun y a pesar que tales traslados fueron dejados sin efecto por el ex fiscal Juan Luis Florido en atención a la petición que le hiciera el Comité de Libertas Sindical a la OIT al Estado de Guatemala, tal y como se expuso anteriormente y como consta en el Acuerdo respectivo.

La Constitución Política de la República de Guatemala la obliga a velar por el estricto cumplimiento de las leyes y ello no se circunscribe únicamente a las leyes de índole penal, sino también, a todas las leyes del país, incluidas las leyes laborales tanto nacionales como las internacionales incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico en estricto apego al respeto de los Derechos Humanos.

Nosotros como organización sindical siempre hemos buscado el diálogo, la conciliación, el respeto a los derechos humanos laborales y sindicales por lo que una vez más le solicitamos nos conceda  audiencia, ya que como se le hizo saber desde la primera solicitud, dentro de la DICRI somos aproximadamente ochocientos cincuenta (850) trabajadores distribuidos en toda la República de Guatemala o dicho de otra manera, somos la tercera parte del total de trabajadores y trabajadoras que laboran en el Ministerio Publico, existiendo entre nosotros un gran descontento en cuanto a las disposiciones laborales, y sindicales (que riñen con las leyes laborales del País) y los abusos de los que hemos sido objeto en violación a nuestros derechos humanos más elementales por parte de los dos últimos directores de dicha Dirección.

El Sindicato de Trabajadores de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público lamenta que la política de puertas abiertas que usted prometió implementar al momento de asumir como Fiscal General y Jefa del Ministerio Público, se refiriera únicamente para personas que no laboran en la institución a la que usted representa, y que no beneficiara la  solución de los problemas que afrontan sus trabajadores y representantes de los mismos, dejando en claro que en realidad no existe voluntad para escucharlos y solucionarlos,  aún a sabiendas que es su obligación como Fiscal General y Jefa del Ministerio Público.

Asimismo, el Sindicato de Trabajadores de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público – SITRADICMP – rechaza desde ya, las declaraciones públicas realizadas durante el Diálogo Nacional sobre Conflictividad Agraria por el representante que usted asignó para esa actividad, el Licenciado Javier Monterroso, quien manifestó que en el Ministerio Publico existen dos sindicatos, uno que tiene más de 1000 afiliados y otro (refiriéndose a nuestra organización sindical) que tiene únicamente 14 afiliados, que formamos parte de una unidad que no pudo ser depurada por el Ministerio Publico y aduce que uno de nuestros dirigentes está afiliado a dos sindicatos. Sobre dicha declaración manifestamos:

PRIMERO: APEGADOS A DERECHO LE EMPLAZAMOS PARA QUE DEMUESTRE INMEDIATAMENTE LOS EXTREMOS ARGUMENTADOS IRRESPONSABLEMENTE POR SU REPRESENTANTE en un claro acto de estigmatización y discriminación antisindical, ya que SITRADICMP es un sindicato de profesión muy específico y especializado en su área, y que no existe ninguna relación con el Sindicato de Trabajadores del Ministerio Público –STMP– el cual no representa los intereses de la categoría especial de trabajadores a los cuales representa nuestra organización sindical.

SEGUNDO: Que  nuestra membrecía es mucho mayor que los 14 afiliados que su representante menciona y que nos sorprende el desconocimiento malicioso de las leyes laborales que quiso hacer el  licenciado Javier Ernesto Monterroso Castillo en virtud que de conformidad con el Código de trabajo vigente, el número mínimo de trabajadores y trabajadoras que deben prestar su consentimiento para la constitución  de un sindicato, en ningún momento puede ser menor de 20 personas, mínimo legal que todavía está muy por debajo del total de trabajadores y trabajadoras afiliadas a nuestro sindicato. Sin embargo dada las declaraciones en un acto de estigmatización antisindical que hiciera el Licenciado Javier Monterroso, en su nombre como Fiscal General, le emplazamos para que proceda a probar tales extremos ya que resulta preocupante que un órgano susceptible de afectar el derecho a la libertad de las personas mediante su accionar actué sobre la base de afirmaciones apartadas de la realidad. 

TERCERO: En cuanto a que es una unidad que debió ser depurada con personas que debieron ser depuradas, le informamos que el personal con que cuenta la DICRI es personal calificado,  formado por el propio Ministerio Público y que ejerce sus funciones de conformidad con las instrucciones emitidas por el Fiscal General y las distintas fiscalías que existen y que las medidas administrativas que tiendan a mejorar los servicios que esta dirección presta deben realizarse respetando el derecho de defensa de los trabajadores y trabajadoras que pudieran resultar afectados y que en ningún caso, la implementación de esas medidas deben usarse como justificativo para menoscabar, criminalizar y estigmatizar  los derechos de organización y sindicación que nos asisten como trabajadores y trabajadoras del Ministerio Público, mismas que  tampoco la eximen de la obligación que tiene como Fiscal General y Jefa del Ministerio Publico de escuchar a sus trabajadores y de solucionar a través de un diálogo bipartito las problemática de carácter laboral que se susciten o existan.  Lamentamos profundamente que las declaraciones  del Licenciado Javier Monterroso dejen entrever que al ser dirigentes sindicales o sindicalistas nos hace ser depurables, le recordamos que la estigmatización del ejercicio de los derechos sindicales está prohibido por las leyes del país y que esta misma depuración de la que su representante habla es la misma que realizan empleadores del país según se ha denunciado internacionalmente para despedir y evitar contratar a trabajadores que ejercen o han ejercido sus derechos sindicales.

CUARTO: En cuanto a que en nuestro sindicato hay una persona que está afiliada a dos sindicatos, hacemos de su conocimiento que el Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo de nuestra organización sindical está debidamente inscrito y reconocido por la autoridades administrativas de trabajo, inscripción que no pudo haberse verificado si alguno de nuestros directivos no hubiera reunido los requisitos que la ley exige para ejercer dichos cargos sindicales, motivo por el cual le emplazamos nuevamente a probar los extremos afirmados por su representante en la citada actividad. 

De igual forma el SITRADICMP lamenta que la Señora Fiscal haya nombrado en la Secretaría General del Ministerio Público a una persona que fue excluida del listado de legibles para ocupar la Fiscalía precisamente por la existencia de procesos vinculados a la violación de derechos humanos y humanos sindicales en su contra y que siendo esta la persona que en su ausencia le substituye esto constituya un acto de desconocimiento a los esfuerzos que en la búsqueda de transparencia empeñaron todos y cada uno de los miembros de la Comisión de postulación y los miembros de la sociedad civil que presentamos nuestros objeciones en el marco de la Ley.


El SITRADICMP en vista de los actos antisindicales y las afirmaciones tendenciosas y maliciosas realizadas por la institución que usted dirige no descarta que esa misma responsabilidad se traduzca en actos orientados a perjudicar a nuestros directivos y miembros de base por lo cual desde ya la responsabilizamos de antemano de cualquier afección que pueda operarse en ese sentido.

Por lo antes manifestado consideramos de importancia que nos podamos reunir con su persona a fin de resolver estos y otro problemas por la vía de la conciliación y en un clima de diálogo directo,  franco y de buena fe sobre la base del Convenio 144 de la OIT, sin descalificaciones infundadas ni medidas que conlleven favoritismos hacia una organización sindical y discriminación para otra, sin estigmatización de nuestros derechos sindicales.

La respuesta a dicha solicitud, puede ser enviada a la secretaria de la Unidad de Recolección de Evidencias del Ministerio Público, ubicada en el 4to nivel, del edificio el Sexteo (Lucky) que se encuentra en la 6ta avenida 5-66 de la zona 1, o comunicarse al número de teléfono 49357312 con el Secretario General Javier de León del SITRADICMP

Agradeciendo la atención a la presente y a la espera de que un diálogo fructífero se lleve a cabo para evitar otro tipo de medidas nos suscribimos de usted atentamente.

COMITÉ EJECUTIVO DE SITRADICMP

Con fecha  09 de abril del año 2011 fue notificada la resolución de fecha veinticinco de marzo del año 2011, mediante la cual la Corte de Constitucionalidad dentro del expediente 1022-2011 Oficial 2º de Secretaría, consideró que las violaciones que implican a los derechos humanos de los trabajadores los artículos 1,2, 3, 10, 11 del Acuerdo Gubernativo 388-2010 del Presidente de la República que fija el Salario Mínimo diferenciado para los trabajadores y trabajadoras de la Maquila y la exportación para el año 2011,   no tienen una notoria inconstitucionalidad y no son susceptibles de causar gravámenes a los más de 91,000 trabajadores y trabajadoras, solo en la industria de la maquila textil, y a los 1.4 millones de trabajadores que laboran en el sector exportador, en consecuencia la Corte de Constitucionalidad acordó no decretar la Suspensión Provisional de la normativa impugnada.

La resolución fue firmada por los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad siguientes: Magistrados Alejandro Maldonado Aguirre, Magistrado  Mario Pérez Guerra, Magistrada Gladys Chacón Corado, Magistrado Juan Francisco Flores Juárez, Magistrado Vinicio Rafael García Pimentel y Magistrado  Jorge Mario Álvarez Quirós.

El MSICG lamenta que mediante la resolución, que está en sintonía con la Política del Gobierno de Unidad nacional de la esperanza y con la que han mantenido otros gobiernos de conceder innumerables privilegios al sector de la Maquila y exportador,  la Corte justifique un trato discriminativo hacia las trabajadores y trabajadoras de la maquila y actividades de la exportación con la única finalidad de mantener y conceder más privilegios a ciertos grupos empresariales en desmedro de  derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras tales como; el derecho a un salario digno,  a la alimentación, a la salud, a la vivienda, a la educación,  entre otros.

Privilegios que, como citamos en su oportunidad, se suman a los beneficios recibidos por estos sectores dentro del Decreto 29-89 que han implicado para el Estado de Guatemala  la pérdida del año 2005 al año 2009 en concepto de impuestos de más de cuatro mil novecientos noventa y ocho millones de quetzales,  sin contar con las pérdidas que implica la Ley de Zonas Francas. 

El MSICG condena que la Corte de Constitucionalidad considere que la pérdida de más de ciento sesenta y cuatro millones veintinueve mil cinco quetzales (Q164,029,005.00) de  91,839 trabajadores y trabajadoras solo en la maquila textil, confección y actividades conexas y accesorios en concepto de salarios para el año 2011 por la aplicación de una norma a todas luces inconstitucional,  no sea considerada por esa Corte como una medida susceptible de causar gravámenes a la clase trabajadora y que sí lo sean todas las acciones planteadas por las Cámaras empresariales tales como aquellas que tienden a mantener sus privilegios, fomentar la injusticia social y bloquear el derecho de resistencia pacífica y manifestación del movimiento social del país.

El MSICG ve con preocupación que resoluciones como estas confirmen el déficit de democracia y Estado de derecho en el país, reafirmando en la población la sensación de que la justicia es sólo para las elites y grupos de poder económico y que es administrada por estos desde las diferentes instancias.

Sin embargo el MSICG ve con inquietud que la Corte de Constitucionalidad no haya conferido audiencia a los sujetos procesales propuestos en la acción planteada dentro de ellos a la Institución del Procurador de los derechos Humanos  sino únicamente  al Presidente de la República y al Ministerio de trabajo y previsión Social, autoridades de las que emanó la norma impugnada.

El MSICG hace un llamado a la Corte de Constitucionalidad entrante, la que resolverá en definitiva la acción de inconstitucionalidad planteada, para que resuelva apegada a derecho declarando la inconstitucionalidad de las  normas que fijan un salario mínimo discriminativo para los trabajadores y trabajadoras de la maquila y la exportación sin más fundamento que el interés de beneficiar a sectores prósperos económicamente, esto en violación de la Constitución Política de la República de Guatemala, los Convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos y los compromisos asumidos por el Estado de Guatemala a través del  Capitulo 16 del DR-CAFTA.

 

MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO
GUATEMALTECO
–MSICG-

El día 6 de abril del año 2011 en el Diálogo Nacional Sobre Conflictividad Agraria, realizado en el Hotel Royal Palace de la ciudad capital, frente a más de 15 organizaciones hermanas y más de 200 participantes dentro de ellos: miembros del cuerpo diplomático, organismos internacionales de derechos humanos, instituciones académicas, y miembros de los distintos poderes del Estado de Guatemala, el Ministerio Público confirmó públicamente su política antisindical contra el MSICG y  la persecución antisindical que está implementando contra su sindicato afiliado,  el Sindicato de trabajadores de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público,  SITRADICMP.

En la referida actividad el Señor Javier Monterroso  actuó en nombre de la Fiscal del Ministerio Público y reaccionó ante preguntas de los participantes a través de las cuales fue increpado directamente por la posición  antisindical, por el rol que está jugando el Ministerio Público en los desalojos violentos contra pueblos indígenas y campesinos, y por la criminalización de la defensa de los derechos humanos.

Es importante mencionar que el Señor Javier Monterroso proviene al igual que la señora Fiscal General del Ministerio Público, Claudia Paz y Paz  y de buena parte de su equipo del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala ICCPG.

En su exposición el Señor Javier Monterroso manifestó literalmente: “los asesinatos en los desalojos, las ejecuciones extrajudiciales en algunos casos tanto de líderes campesinos como de líderes sindicales esperamos en un corto plazo tener resultados sobre las investigaciones, definitivamente hay una salda pendiente (…) tenemos una mesa abierta en donde esperamos, en unos diez días no tenemos una reunión, esperamos nos apoyen en información en estos temas.  En relación al tema de lo del sindicato (refiriéndose al SITRADICMP) la verdad es que este es un caso muy paradigmático, tenemos dos sindicatos en el Ministerio Público uno que tiene más de 1,000 personas y otro que tiene 14 personas,  está establecido en una unidad de gente que no pudo ser depurada por el Ministerio público, y  que formaron un sindicato, que está metido en un sindicato, los que conocen derecho sindical díganme si un mismo dirigente sindical puede estar afiliado a otro sindicato de una  misma institución, podemos discutir mucho en relación a ese sindicato, pero  definitivamente el Ministerio Público tiene una visión de apertura a las organizaciones y de trabajo conjunto, estamos trabajando con los sindicatos precisamente para resolver los casos de asesinatos, con el sindicato de más de 1,000 personas del Ministerio Público estamos discutiendo el Convenio colectivo de condiciones de trabajo en estos momentos.”

Tales argumentos, en esencia descalificativos e inexactos, tienen por finalidad justificar la actuación del Ministerio Público en contra de los principios de la libertad sindical y de las peticiones expresas del Comité de Libertad Sindical, relativas a que el Ministerio Público respete los derechos sindicales del SITRADICMP sindicato que ha sido perseguido por la citada institución al amparo del Ministerio de trabajo y previsión social desde el momento en que se inició su constitución.

Con esto se pretenden justificar los graves actos de injerencia patronal consentidos por el Ministerio de trabajo y previsión social y una actitud eminentemente discriminativa en contra de una organización sindical que se organizó precisamente porque el sindicato a que hace referencia el Señor Monterroso y cuya elección de directivos ha sido anulada por la justicia constitucional debido a las irregularidades en la convocatoria de asamblea en la cual fueron electos no representa los intereses de la categoría de trabajares que el SITRADICMP agremia.

Así mismo el MSICG ve con preocupación la afirmación del Ministerio Público sobre la salda de casos que no han sido esclarecidos sobre delitos cometidos contra sindicalistas dentro de ellos las ejecuciones extrajudiciales.

También el MSICG  condena el asalto de la buena fe que hizo el  Señor Monterroso de los presentes al aducir una vocación de diálogo no existente de la actual fiscal, extremo que queda demostrado con la falta de respuesta de la Señora Fiscal a las peticiones de audiencia del MSICG y del SITRADICMP para discutir la violencia antisindical en el país y una política de prevención y castigo de los delitos cometidos contra sindicalistas, recordamos al Ministerio Público que dentro de esas saldas se encuentra pendiente el asesinato de un miembro de la Dirección del SITRADICMP, asesinado en el marco de los conflictos y mientras recopilaba información sobre la política antisindical del Ministerio Público.

El MSICG lamenta nuevamente la falta de voluntad política por parte de la Señora Fiscal General de la República, Claudia Paz y Paz y de su equipo de trabajo para respetar la libertad sindical.

El audio de las declaraciones realizadas por el señor Javier Monterrroso, puede ser escuchado a continuación:

Con fecha  5 y 6 de abril del año 2011,  el Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco -MSICG -  a través de una delegación de nuestro Consejo Político, junto a nuestra organización miembro, Comité Campesino del Altiplano - CCDA - y  a otras organizaciones hermanas entre ellas, la Alianza de Mujeres Rurales, el Comité de Unidad Campesina –CUC-, la Coordinadora Nacional de Organizaciones Campesinas -CNOC-, la Pastoral de la Tierra Nacional, la Plataforma Agraria, la Coordinadora de Organizaciones Populares, Indígenas, sindicales y Campesinas de Oriente COPISCO y la CONGCOOP participó en un Diálogo nacional sobre Conflictividad Agraria.

El encuentro nacional fue precedido de cuatro encuentros regionales Sobre Conflictividad Agraria, el primero de ellos desarrollado en octubre del año 2010 en el departamento de Cobán (Región norte), el segundo en el departamento de Sololá durante el mes de noviembre del año 2010 (Región occidente), el tercero realizado  en febrero del año 2011 en Mazatenango (Región sur) y el último desarrollado en marzo del presente año en Chiquimula (Región oriente).

Los encuentros regionales fueron la plataforma a través de la cual los compañeros y compañeras de las comunidades expresaron como la conflictividad agraria está creciendo en sus regiones y como la falta de tierra para trabajar está incrementado la sobre-explotación de los trabajadores y trabajadoras en las fincas y poniendo cada día más en riesgo el derecho a la vida y la alimentación de las comunidades.  Dentro de los problemas más sentidos, se citaron  además los despojo de las tierras de los pueblos indígenas producto de la invasión de las empresas mineras al amparo del Estado, de las hidroeléctricas, de los monocultivos como la palma africana y la caña de azúcar, la criminalización de la lucha social, los desalojos, los asesinatos, amenazas y persecución de líderes y lideresas, asimismo se denunciaron los desvíos de los ríos y las mujeres manifestaron los impactos diferenciados que para ellas y sus hijos representa toda esta problemática, entre otras violaciones a derechos fundamentales no menos importantes.

Durante el desarrollo del Dialogo Nacional sobre Conflictividad Agraria, las organizaciones participantes presentamos a representantes del Organismo Ejecutivo, Organismo Legislativo y Organismo Judicial nuestras demandas concretas dentro de ellas las siguientes:

  • El rechazo rotundo a la aprobación de la iniciativa de Ley que pretende dar vida al Consejo Económico Social –CES- por no haber condiciones en este momento en el país para impulsar un diálogo social de buena fe, democrático  y  constructivo.
  • La aprobación de Urgencia Nacional de la iniciativa de Ley  40-84, Ley del Sistema Nacional de Desarrollo Rural Integral.
  • Regular adecuadamente el problema social que representan las tierras ociosas.
  • Crear una ley de confiscación agraria para recuperar tierras en manos del crimen organizado y por la falta de pago de impuestos.
  • Modificaciones a la Ley de Áreas protegidas para que los pueblos indígenas sigan ocupando y en la posesión y propiedad de sus tierras históricas.
  • Detener los desalojos contra las comunidades y los pueblos indígenas de las tierras que históricamente les han pertenecido.
  • La implementación con carácter de emergencia nacional, de la política de desarrollo rural.
  • Incrementar la inversión en el campo.
  • Garantizar el derecho a la vida, al trabajo decente, la alimentación y el desarrollo rural de la población por sobre el derecho a la propiedad privada.
  • La Revisión de las Leyes agrarias vigentes para adecuarlas al servicio de las mayorías y para que la tierra cumpla su función social.
  • Reformar y democratizar  el Sistema Electoral y de Partidos Políticos.
  • Impulsar una reforma fiscal integral bajo el principio del que tiene más pague más, abolir los privilegios fiscales a la industria de la maquila, las zonas francas y las industrias extractivas.
  • Dejar de lado totalmente el reglamento impulsado por el Organismo Ejecutivo para regular las consultas de los pueblos indígenas por ser violatorio del derecho al autogobierno y la libre determinación de los pueblos.


El MSICG, acompañará las acciones que se realicen tanto a nivel nacional como internacional para el cumplimiento de las demandas realizadas que forman parte de nuestras reivindicaciones de clase.

El día de hoy, 25 de marzo de 2011 en horas de la mañana, el Movimiento Sindical Indígena y Campesino Guatemalteco, a través de una delegación de su Consejo Político, presentó al Ministerio de Trabajo y Previsión su posición de rechazo a la propuesta de “REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE CONSULTA DE BUENA FE, LIBRE, PREVIA E INFORMADA A PUEBLOS INDIGENAS EN EL MARCO DEL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) SOBRE  PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES” presentada por el Organismo Ejecutivo.

La posición del MSICG se encuentra argumentada en el documento intitulado “Del requerimiento al repartimiento:  Oposición y propuesta del MSICG frente al reglamento de consulta propuesto por el Organismo Ejecutivo”

En el mismo documento, el MSICG propone una serie de medidas tendientes a armonizar la legislación y la práctica del gobierno al pleno cumplimiento del Convenio 169 de OIT y demás instrumentos internacionales ratificados y vigentes  para Guatemala en materia de derechos de los pueblos indígenas.

Previo a la presentación del documento, la delegación del MSICG ofreció una conferencia de prensa ante una buena presencia de los medios de la comunicación social en donde la dirigencia del MSICG expresó su preocupación porque la propuesta de reglamento presentada por el Organismo ejecutivo recrudece la constante de violación al Convenio 169 de OIT en Guatemala y evidencia un endurecimiento de los patrones racistas y excluyentes que han caracterizado la política del Estado hacia los pueblos indígenas en Guatemala y que además representa un alejamiento del Estado del cumplimiento efectivo de los compromisos asumidos ante la comunidad internacional.

El MSICG anunció además la toma de una serie de medidas en defensa de los derechos de autodefinición y autodeterminación de los Pueblos Indígenas, el respeto a sus instituciones ancestrales y mecanismos de consulta existentes en su derecho consuetudinario puestos en riesgo por la propuesta del Organismo ejecutivo.

La oposición y propuesta al reglamento de consulta presentada por el MSICG puede descargarla en el siguiente enlace:

Del requerimiento al repartimiento en el siglo XXI

 

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Después de analizar la propuesta del Organismo Ejecutivo sobre el “REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE CONSULTA DE BUENA FE, LIBRE, PREVIA E INFORMADA A PUEBLOS INDIGENAS EN EL MARCO DEL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) SOBRE  PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES el MSICG no puede hacer más que condenar la actitud del Estado de Guatemala al pretender a través del referido reglamento disminuir, tergiversar y anular los derechos internacional, nacional y ancestralmente reconocidos a los pueblos indígenas de Guatemala.

En este sentido y sobre la base jurídica y política expuesta en el documento que hoy entregamos al  despacho del Ministerio de Trabajo y Previsión Social  titulado “Del Requerimiento al Repartimiento en el Siglo XXI”, demandamos al Organismo Ejecutivo para que tome  de emergencia las siguientes medidas:

1. Dejar de lado el Reglamento de Consulta propuesto por ser nulo ipso jure al contravenir derechos humanos que el Estado de Guatemala está obligado a garantizar y que reconoce con carácter constitucional.

2. Abstenerse de emitir un reglamento o de promover alguna legislación que pretenda interferir en el ejercicio y alcance del derecho de consulta de los pueblos indígenas; acto con el cual no solamente excede sus facultades reglamentarias sino que vulnera los derechos reconocidos a los pueblos indígenas tanto en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de Naciones Unidas Sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, los Acuerdos de Paz así  como  en otros instrumentos internacionales de los cuales hace parte el Estado de Guatemala.

3. Abstenerse de definir lo que son los pueblos indígenas de Guatemala en virtud de que esta concepción es parte del derecho de autodefinición de los pueblos.

4. Impulsar las medidas para hacer efectivo el deber de consultar del Estado de Guatemala a los pueblos indígenas las cuales deberán garantizar como mínimo los siguientes aspectos:

  • El pleno respeto del derecho de los pueblos indígenas a su libre determinación,  a  establecer libremente su condición política y ha determinar su desarrollo económico, social y cultural.

  • El pleno respeto  del derecho de los pueblos indígenas a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales y de sus territorios así como a definir su propio modelo de desarrollo.

  • El desarrollo en consulta con los pueblos indígenas y con su participación de los estudios de impacto ambiental y social de cualquier medida que pueda afectar de forma directa e indirecta sus derechos. Así como a implementar los sistemas de información sobre cualquier medida que se pretenda implementar susceptible de afectarles directa o indirectamente.

  • El pleno respeto de  los procesos de consulta que realicen los pueblos indígenas bajo sus propias formas y sus autoridades y limitarse a proporcionar la información previa suficiente sobre las medidas que desee implementar.

  • La garantía a los pueblos indígenas de todos los medios financieros y técnicos que estas requieran, siempre que lo soliciten para llevar a cabo sus consultas.

  • La creación o designación de una institución que tendrá como finalidad atender cualquier solicitud de los pueblos indígenas y recibir los resultados de las consultas efectuadas así como de informarles de cualquier medida que  pueda afectarles directa o indirectamente.


5. Dichas medidas deberán estar conforme con los derechos que le son inherentes a  los pueblos indígenas y en el marco de los  compromisos asumidos por el Estado de Guatemala en los Acuerdos de Paz, la Ley Marco para los Acuerdos de Paz, la Constitución Política de la República de Guatemala, el derecho consuetudinario y los instrumentos de derechos humanos ratificados por el Estado de Guatemala.  

6. Para la definición y discusión de tales medidas,  el Organismo Ejecutivo convocará a los pueblos indígenas de Guatemala en su conjunto a través de sus representantes libremente electos  y a  través de los procedimientos que estos definan dentro del marco de sus derechos ancestrales.

7. Para los efectos de que dichas medidas se enmarquen en el pleno respeto del Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y demás derechos contemplados en la legislación nacional e internacional vinculante para el Estado y la consulta realizada al respecto opere en el marco de la buena fe, resulta vital que se suspendan de manera inmediata todas las medidas, planes, programas y sobre todo todas las licencias de exploración y explotación de recursos naturales que el Estado de Guatemala ha otorgado en violación a los derechos de los pueblos indígenas principalmente en violación a su derecho a la consulta y a la libre determinación, hasta en tanto no se lleve a cabo un  diálogo con los pueblos indígenas y se evalúe, con la participación de estos, la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente de las actividades previstas y la medida en que los intereses de los pueblos indígenas se verían perjudicados, según lo dispuesto por los artículos 7 y 15 del Convenio 169 de la OIT y hasta en tanto no se tomen e implementen las medidas.

8. Proceder a la inmediata reparación e  indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a los pueblos indígenas en el marco del incumplimiento de las obligaciones del Estado  derivadas del derecho a la libre determinación y su derecho de consulta.

9. Que se investigue, individualice, procese, sentencie y ejecute la sentencia sobre todos los autores materiales e intelectuales de los actos delictivos cometidos contra los pueblos indígenas en el ejercicio de sus derechos y se indemnice a las víctimas de tales actos delictivos.

10. Que se tomen  de emergencia todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a los resultados de las más de 54 consultas efectuadas por los pueblos indígenas hasta  la presente fecha.

Por último el MSICG  insiste en que las causas de la  ingobernabilidad del país no se encuentran en  la realización de consulta por parte de los pueblos indígenas sino en la falta de justicia social, y en ese sentido motiva al Estado de Guatemala a  combatir las causas estructurales que la generan. La sola alusión en el reglamento propuesto a que las consultas ejecutadas por los pueblos indígenas pueden generar ingobernabilidad se constituye en un elemento de criminalización del ejercicio de los derechos humanos de los pueblos indígenas y en un grave acto de discriminación.

Guatemala 25 de marzo del año 2011.


MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG-

 

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