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Durante al menos los últimos veinte años, la humanidad ha debido vivir las consecuencias de un capitalismo hegemónico que se ha traducido en un mundo unipolar en lo político, en lo económico y en lo militar, dando lugar a disposiciones, reordenamientos geopolíticos y medidas económicas que han privado a la sociedad del bienestar y generado guerras con las que se ha causado inestabilidad y la destrucción de sociedades para convertirlas de naciones otrora prósperas en sociedades destrozadas, polarizadas y obligadas a desintegrarse con la consecuente huida de sus ciudadanos ahora refugiados.

Casualmente, las guerras, ataques y medidas de exclusión se han dirigido contra aquellos pueblos y regímenes que han buscado alternativas al modelo hegemónico y se ha generado una campaña intensa a través de las corporaciones mediáticas dirigidas principalmente hacia aquellos sectores que también forman parte de familias y sociedades desintegradas y fuente de otra modalidad de refugiados, la constituida por aquellos que también se ven forzados a migrar hacia aquellas naciones consideradas desarrolladas en búsqueda de las condiciones de sobrevivencia que se les niegan en sus propios países y en las cuales deben enfrentar el rechazo y la discriminación promovida y alentada por quienes, dentro de esa misma nación, sirven a los intereses que arrebatan el bienestar en uno y otro lado.

Irónicamente, ambas categorías de refugiados huyen hacia las naciones que administran o participan de manera preferente en el modelo hegemónico que ha causado los conflictos o la miseria de la que se ven forzados a huir, y son también esas naciones las que alientan las campañas que llevan a sectores poco informados de la población a posicionarse en favor de sus propios males y en contra de toda posible solución.

La ausencia de formación y la ignorancia sistémica transmitida por el bombardeo mediático, el discurso religioso e incluso por los propios modelos educativos ha favorecido que la propiedad y administración de los intereses que han producido esa hegemonía y unipolaridad sobre los medios de comunicación masiva den paso a sociedades manipuladas y reaccionarias que al tiempo que justifican una guerra, un genocidio o ubican al mundo a un paso de un conflicto nuclear, también operan como fuerza de choque para derrocar gobiernos que están generando alguna alternativa y justifican que la politización y consecuente corrupción de los sistemas judiciales conviertan a los jueces en electores políticos y a las líneas editoriales de los medios de comunicación en tribunales de linchamiento social.

Debe llamarse la atención respecto a la evolución del mismo concepto que muchas veces no percibimos y que en un tiempo, bajo la calificación de comunista, luego de terrorista y actualmente de corrupto o partidario de la corrupción se estigmatiza en la mayoría de los casos a quienes cuestionan el modelo imperante o buscan alternativas soberanas.

En América Latina, el sistema de justicia justificó un golpe de Estado contra Manuel Zelaya; en Paraguay se utilizó para derrocar a Fernando Lugo; en Brasil para derrocar a Dilma Rousseff; con el mismo se intentó derrocar a Cristina Fernández de Kirchner en Argentina, a Rafael Correa en Ecuador, a Evo Morales en Bolivia y Nicolás Maduro en Venezuela. Casualmente parece que las alternativas al modelo hegemónico y los cambios sociales para sacar de la miseria a las mayorías son el elemento común para estigmatizar y criminalizar a quienes los impulsan catalogándolos como “los personajes más corruptos de nuestra era”.

Llama la atención que tanto en Ecuador, como en Paraguay, Argentina y Brasil, hayan venido al rescate de lo que llaman “democracia y sistema de justicia” personajes supuestamente “probos” que además de haber servido a los intereses que generaron la crisis y la miseria en dichas sociedades se han caracterizado por revertir todo cambio que se haya intentado implementar para devolver a las mayorías de la población el acceso a la dignidad como una vivencia real y no como mera fantasía jurídica o religiosa.

Esta misma estrategia se ha empleado para impedir la retoma de alternativas, como en Honduras que se legitima un proceso plagado de graves irregularidades para impedir un cambio que retome la senda del gobierno progresista de Manuel Zelaya y es justamente lo que sucede en el caso de Brasil en el que, Luis Inácio Lula da Silva, ha sido condenado por un único delito, el de contar con el caudal electoral suficiente para revertir en urnas el golpe de Estado operado en nombre de la “justicia” contra Dilma Rousseff.

La condena contra Lula da Silva no solo es una injusticia y un caso de enjuiciamiento mediático y de criminalización de la alternativa económica y social, es un caso de materialización de la advertencia a futuro de que cualquier intento por implementar un modelo exitoso sobre la base de la dignificación del ser humano y no sobre la base de la acumulación del capital será perseguido y cobrado a quienes osen implementarlo.

Se trata también de un nuevo ejemplo del aspecto relativo de la democracia en donde los golpes de Estado ya no se materializan a través de hombres con chafarotes y armas sino por hombres y mujeres con togas cambiando la ley por un guion y los principios jurídicos y de la propia democracia por el maquillaje y el apuntador.

La aseveración relativa a que las normas jurídicas son la voluntad de la clase dominante erigida en ley resulta hoy día más certera que siempre en un escenario en donde la administración de justicia suple, sustituye y desplaza la voluntad popular y la democracia no solo quitando a quienes se ha electo a través de la misma sino impidiendo que se elija a quienes representan un riesgo para mantener esa voluntad dominante legitimada por democracias cada vez menos creíbles.

El MSICG lamenta la situación que se vive en Brasil, la situación injusta a la que se ha sometido al Ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva y particularmente, que el mismo modelo de justicia que propició el golpe de Estado contra Dilma Rousseff se utilice hoy día para impedir al pueblo brasileño la posibilidad de elegir a Luiz Inácio Lula da Silva como su Presidente; esto, porque más allá de la valentía y trayectoria de las personas, en el fondo se trata de la privación al pueblo brasileño de la posibilidad de optar por un modelo alternativo al hegemónico que pocos años sacó a millones de personas de la miseria y demostró con éxito que lo que se necesita no es un cambio de personas sino de políticas económicas y sociales.

El MSICG expresa su solidaridad al compañero Luiz Inácio Lula da Silva y se suma a la exigencia de su inmediata liberación y confía en que el pueblo de Brasil pueda pronto recuperar la democracia, la transparencia e independencia de su sistema de justicia.

El MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- felicita la decisión del actual Procurador de los Derechos Humanos Msc. AUGUSTO JORDÁN RODAS ANDRADE de REVOCAR las Circulares 01-2012 y 2-2012 emitidas en su momento por JORGE EDUARDO DE LEÓN DUQUE.

A través de las citadas Circulares el entonces Procurador de los Derechos Humanos, prohibió a los trabajadores de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos recibir, tramitar, conocer y resolver denuncias de violaciones a derechos humanos interpuestas en contra de funcionarios públicos, la Policía Nacional Civil, los jueces y operadores de justicia entre otras y se ordenó que la Institución asumiera un rol de remisora de las personas a cualquier otra dependencia del Estado que no fuera la Procuraduría de los Derechos Humanos.

Es de destacar que la criminalización mediática de la que fue objeto tanto el MSICG como su Sindicato afiliado, SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA INSTITUCIÓN DEL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS –SITRAPDH- en su oportunidad se derivó en gran medida de la oposición tanto de la Central Sindical como del SITRAPDH de que se inutilizara de facto el mandato constitucional del Procurador de los Derechos Humanos que es precisamente fiscalizar la debida observancia de los derechos humanos en la gestión de las instituciones y funcionarios públicos.

En ese sentido, el MSICG expresa su satisfacción por la recuperación del mandato constitucional del Procurador de los derechos humanos renunciado por la anterior administración mediante la emisión de las circulares ahora dejadas sin efecto y confía en que ello coadyuve a la construcción de una sociedad democrática y respetuosa de todos los derechos inherentes a la dignidad humana.

El MSICG exhorta al Procurador de los Derechos Humanos a continuar revisando todas las medidas adoptadas en su oportunidad por el anterior Procurador de los Derechos Humanos cuyo objeto, sentido y efecto fue la desnaturalización del mandato constitucional de la Procuraduría de los Derechos Humanos.

Con fecha 26 de mayo del año 2017 a través de los Magistrados JOSÉ FRANCISCO DE MATA VELA, DINA JOSEFINA OCHOA ESCRIBÁ, BONERGE AMILCAR MEJÍA ORELLANA, GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR, NEFTALÍ ALDANA HERRERA, MARÍA CRISTINA FERNÁNDEZ GARCÍA Y HENRY PHILIP COMTE VELÁSQUEZ, a ponencia del Magistrado Presidente de la Corte JOSÉ FRANCISCO DE MATA VELA, la Corte de Constitucionalidad emite sentencia dentro de los Expedientes Acumulados Números 90-2017, 91-2017 y 92-2017 mediante los cuales conocía en apelación de la Sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia que otorgaba el amparo promovido en contra del MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS por la concesión realizada a las entidades Oxec, Sociedad Anónima y Oxec II Sociedad Anónima para la utilización de bienes de dominio público sobre los Ríos Oxec y Cahabón e implementación en estos de los Proyectos Hidroeléctricos denominados Oxec y Oxec II en el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz, amparo dentro del cual se ordenó la supensión de las mismas.

En su sentencia la Corte de Constitucionalidad al margen del debido proceso legal, de manera extrapetita, en afectación de derechos de terceros, usurpando funciones del Poder Legislativo y en violación de los derechos de los Pueblos Indígenas contenidos en la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, la Declaración de Naciones Unidas Sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y la Declaración Americana Sobre Derechos de los Pueblos Indígenas emitió lo que denominó “LAS PAUTAS PARA REALIZAR TODA CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS EN GUATEMALA” las cuales deben observarse de manera forzosa hasta en tanto no se haya emitido la Ley de Consulta a Pueblos Indígenas por parte del Congreso de la República y conminó al Congreso de la República para que en el plazo de un año proceda a incorporar en un Decreto Legislativo dichas pautas.

Más allá de la usurpación de poderes asumida por la Corte de Constitucionalidad en su Sentencia y de otras violaciones no menos relevantes debe destacarse que a través de “LAS PAUTAS PARA REALIZAR TODA CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS EN GUATEMALA” el Tribunal Constitucional elimina en la práctica el derecho de consulta de los pueblos indígenas principalmente porque: 1) Restringe el ámbito al cual es aplicable y respecto al cual se reconoce el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados, limitándolo a los casos en que exista autorización del Estado para el uso de bienes de dominio público y eliminando la posibilidad de prospección como materia de consulta, entre otras. 2) Elimina la buena fe en la consulta al no contemplar la posibilidad de que los pueblos consultados puedan decidir negativamente. 3) Impide a los pueblos la posibilidad de que la consulta sea convocada y realizada por los órganos tradicionales o ancestrales de dichos pueblos. 4) Impone a los pueblos una forma de representación. 5) Impone a los pueblos indígenas un órgano ajeno a estos de procedimiento de pre consulta. 6) Crea un órganos al que le faculta a determinar mecanismos, la forma, tiempo y aspectos que deben tratarse en la consulta. 7) Elimina la consulta a los pueblos propiamente dichos y les priva de sus mecanismos de toma de decisiones colectivas.

Lo anterior se afirma porque los mecanismos legislados de facto por la Corte de Constitucionalidad y que pretende imponer a los efectos de que el Congreso de la República los convierta en legislación formalmente válida dan vida a un órgano de pre consulta y consulta integrado básicamente por funcionarios públicos, empresas privadas y representantes de las universidades privadas del país que ejercerán los derechos de los pueblos indígenas.

Siendo que no existe en el país ni tribunal ni recurso alguno al que pueda recurrirse contra la arbitrariedad de la Corte de Constitucionalidad se ha acudido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a efecto de que esta solicite al Estado de Guatemala suspender las medida de coerción, intimidación y hostigamiento en contra de los Diputados del Congreso de la República y del DIPUTADO LEOCADIO JURACÁN SALOMÉ a los efectos de compelerlos a aprobar legislación contraria a los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas contenidos en la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, la Declaración de Naciones Unidas Sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y la Declaración Americana Sobre Derechos de los Pueblos Indígenas.

El MSICG insta a sus bases a mantenerse alertas ante cualquier pretensión de la Corte de Constitucionalidad de continuar forzando al Congreso de la República a aprobar una Legislación que contenga lo que esta denominó “LAS PAUTAS PARA REALIZAR TODA CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS EN GUATEMALA” y cualquier otra disposición que viole los derechos de los pueblos indígenas.

Hoy, la compañera LESBIA GUADALUPE AMÉZQUITA GARNICA, en representación del MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- junto a las compañeras de CCOO-PV, de la FUNDACIÓ PAU I SOLIDARITAT PV y el compañero MARCOS RODAS de la UNIÓN DE AGRICULTORES MINIFUNDISTAS –UAM-, participó en una reunión con una delegación de la Comisión de Derechos Humanos de las CORTS VALENCIANES, integrada por las diputadas FABIOLA MECO TEBAR de PODEMOS, ISAURA NAVARRO CASILLAS de COMPROMÍS, CLARA TIRADO MUSEROS de PSPV-PSOE y el Diputado JOSÉ RAMÓN NADAL SENDRA de COMPROMÍS. Durante la reunión la compañera Lesbia expuso la situación generalizada de precariedad que prevalece en Guatemala así como los graves déficit en los mecanismos, instrumentos e instituciones encargadas de garantizar la positividad de los Derechos Humanos, particularmente los relacionados con el trabajo y el derecho al acceso a una vida y trabajo dignos.

La compañera destacó los valladares jurídicos y fácticos que se imponen en nuestro país al ejercicio de derechos tan elementales como los de libre sindicalización, negociación colectiva y de huelga y la importancia de que los pueblos del mundo se involucren solidariamente con sus pueblos hermanos para asegurar estándares de protecciones jurídicas, económicas y sociales.

La reunión transcurrió en términos fraternos sobre la base del interés compartido entre los interlocutores en la construcción de sociedades justas y condiciones de vida digna para las mayorías.

Como es de conocimiento público el MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO -MSICG- ha venido librando desde hace tiempo una lucha a nivel nacional e internacional en defensa del derecho de libre sindicalización, negociación colectiva, y estabilidad laboral de los trabajadores del gremio de telesecundaria del Ministerio de Educación; y por el derecho humano al acceso a la educación pública, de calidad y gratuita para el ciclo básico de los jóvenes del área rural, especialmente para las mujeres indígenas.

En este marco, del 31 de julio al 8 de agosto del año 2018, la compañera GLADIS ANGÉLICA MOREIRA DEL CID, estuvo encabezando diversas acciones en el Departamento de Santa Rosa para detener las medidas tomadas por el actual Ministro de Educación OSCAR HUGO LÓPEZ RIVAS y el Presidente de la República JIMMY MORALES mediante las cuales se impone a los jóvenes del área rural el pago de centros privados de computación ubicados en las cabeceras departamentales muy lejos de sus comunidades, compra de libros, uniformes, pago de matrículas y mensualidades como requisito para poder optar a cursar el ciclo básico y aprobarlo.

Con fecha 3 de agosto del año 2018, en el Instituto Nacional de Telesecundaria donde labora la compañera dejaron por escrito diversas amenazas de muerte en su contra, estas amenazas fueron dejadas también con fecha 8 de agosto del año 2018 en su casa de habitación, después de las acciones realizadas por esta con apoyo de los padres de familia y dirigentes comunitarios ante Gobernación Departamental y la Procuraduría de los Derechos Humanos del Departamento de Santa Rosa de oposición a las medidas privatizadoras del acceso a la educación de los jóvenes del área rural.

En las amenazas se indica textualmente: “ija de la gran puta, no estas vlindada y te entra el plomo saves que no estamos jugando esta vez…”

El MSICG deplora estos nuevos actos de violencia ejecutados en contra de sus dirigentes e insta a la Fiscal General y Jefa del Ministerio Público Doctora MARÍA CONSUELO PORRAS, a esclarecerlos sin demora y someter a juicio tanto a sus autores materiales como intelectuales y a proporcionar las medidas de seguridad que corresponden para resguardar la vida e integridad física de su dirigente y su familia.

CONSEJO POLÍTICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

El 6 de agosto del año 2018, el MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO -MSICG- participó de la citación realizada a las autoridades de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente y la Institución del Procurador de los Derechos Humanos por parte de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso de la República.

El MSICG lamenta que la Presidencia del Congreso de la República haya entorpecido el desarrollo de la actividad parlamentaria impidiendo el ingreso a más de cien de sus dirigentes mujeres sin ningún fundamento a pesar que dicha actividad se había programado con la antelación necesaria.

En la citación se abordaron los alcances e impactos del Programa de Hogares Comunitarios de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente, la atención que desde este se brinda a las niñas y niños hijos e hijas de trabajadoras y trabajadores por parte de las Madres Cuidadoras Titulares y Madres Cuidadoras Corresponsables y de todo el equipo multidisciplinario que supervisa el trabajo de estas y lo apoya y como desde este Programa se fortalece el tejido comunitario y social en Guatemala.

Durante la citación quedó claramente establecido que son las “Madres Cuidadoras Titulares” y “Madres Cuidadoras Corresponsables” las que básicamente prestan todos los servicios que se desempeñan mediante el Programa, dentro de los que se encuentran, cuidar y alimentar a los niños y niñas y encargarse sus aseso personal, adquirir, conservar y preparar los alimentos que se les proporcionan consistentes en desayuno, refacción, almuerzo, refacción, llevar el control administrativo de inscripción, ingreso y egreso de beneficiarios, realizar las actividades educativas para los niños beneficiarios del Programa, etcétera.

Quedó también establecido que dichas labores se realizan en una jornada continua de las 7:00 horas a las 17:00 horas de lunes a viernes tiempo durante el cual las Madres Cuidadoras no pueden ausentarse de sus labores, que estas son supervisadas directamente por la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente a través de un equipo multidisciplinario la que además se encarga de reclutarlas de entre las mujeres más empobrecidas, con poco acceso a la educación y de mayor vulnerabilidad entre la población y de proporcionarles una remuneración mensual a cambio de dicha labor, remuneración que es denominada estipendio.

A pesar de todo ello desde el surgimiento del Programa la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente ha negado la calidad de trabajadoras a este importante grupo de la población, se ha negado a reconocerles sus derechos fundamentales como el pago del salario mínimo, prestaciones laborales, seguridad social, entre otros, considerando que el trabajo que desarrollan es de voluntariado por lo cual no se les reconoce ningún derecho.

No está de más apuntar que el voluntariado, como actividad altruista, solo puede estimarse de esa forma cuando quien lo presta no requiere del trabajo que realiza para subsistir y, en este caso, la labor de las Madres Cuidadoras, como lo expresaron abiertamente las dirigentes y como lo reconocen las consideraciones contenidas en los reglamentos que rigen el Programa de Hogares Comunitarios, otorga una contraprestación económica destinada a la subsistencia de la propia Madre Cuidadora y su respectiva familia como una alternativa a la ausencia de otras oportunidades derivados de la discriminación acumulada en el acceso a la educación y en las responsabilidades del hogar.

Producto de estas políticas discriminativas, de trabajo forzoso e incluso de lo que podría considerarse trata implementadas en contra de las mujeres por el Estado de Guatemala en el transcurso de la actividad el MSICG presentó a la Institución del Procurador de los Derechos Humanos la denuncia correspondiente y solicitó a la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso el acompañamiento en este proceso y la instalación de una mesa técnica para abordar esta grave problemática.

El MSICG felicita la disponibilidad de todas las partes para atender las demandas que les fueron presentadas por la Central Sindical y de manera particular la disponibilidad manifestada por las autoridades de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente quienes no solo agradecieron la labor que desempeñan las Madres Cuidadoras la que calificaron de importantísima sino también su disponibilidad para discutir esta problemática y llegar a acuerdos para solucionarla, y la disponibilidad del Presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso de la República Diputado Leocadio Juracán para conducir la misma.

En ese marco el MSICG espera que producto de dicha labor puedan solucionarse los problemas abordados sin demoras.

Hoy, 6 de agosto del año 2018, el MSICG dio inicio al foro “Acción Sindical, frente a la política laboral de discriminación e imposición de trabajo forzoso hacia las mujeres, implementada por el Estado de Guatemala.”

Durante el foro en el que han participado más de 200 dirigentes sindicales del MSICG se han discutido las políticas laborales de discriminación, trabajo forzoso e incluso trata de personas implementadas por el Estado de Guatemala en su calidad de patrono y que constituyen graves violaciones a los compromisos de respetar, proteger y aplicar los derechos humanos por parte del Estado de Guatemala.

Las condiciones de trabajo de las Madres Cuidadoras Titulares y Madres Cuidadoras Corresponsables del Programa de Hogares Comunitarios contratadas mediante supuestos voluntariados por la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente ocupó entre otros el debate principal de la agenda y en consecuencia la participación y definición de acciones tanto nacionales como internacionales para enfrentar esta modalidad de discriminación, trabajo forzoso e incluso posible trata de personas.

Hoy, 27 de julio del año 2018, el INSTITUTO DE JUECES Y MAGISTRADOS DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL -IJUMAT- y el MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO -MSICG- presentaron ante Jueces y Magistrados de Trabajo y Previsión Social la Segunda Edición del Código de Trabajo Revisado, Actualizado, Confrontado, Concordado, Anotado y Comentado.

Junto a la nueva edición del Código de Trabajo, se presentaron los primeros tres volúmenes de la Colección “Derechos Humanos Laborales” cuyo objetivo es posicionar en el debate forense lo que en términos jurídicos a nivel internacional es innegable, como lo es la naturaleza de derechos humanos de los derechos vinculados al trabajo y la obligación del Estado de Guatemala de respetar, proteger y aplicar los estándares que estos contienen.

Los volúmenes presentados se intitulan: “Los instrumentos internacionales de derechos humanos y la responsabilidad interna e internacional del Estado de Guatemala”, “El derecho a la tutela judicial efectiva en el trabajo como estándar internacional de protección de los derechos humanos” y el “El principio de no discriminación como parámetro de aplicación de los estándares de protección de los derechos humanos económicos y sociales”.

En la presentación del Código y de la Colección, su autora, Licenciada LESBIA GUADALUPE AMÉZQUITA GARNICA, señaló la crisis que enfrenta la Jurisdicción Privativa de Trabajo y la Constitucional derivada principalmente del abandono total de los principios del derecho de trabajo, de la violación recurrente del principio de legalidad y de la irrupción de la Corte de Constitucionalidad a través de su jurisprudencia en esta, bien sea abrogándose las facultades del poder legislativo o contrariando expresamente lo establecido en las normas para disminuir, tergiversar e incluso anular las protecciones establecidas al trabajo, entre otras cuestiones.

En ese marco la autora hizo énfasis en la importancia que tiene para el fortalecimiento del Estado de derecho, la democracia y la promoción de la justicia y la paz social el contar con una Jurisdicción Privativa de Trabajo y Constitucional que cumplan su cometido de administrar justicia pronta y cumplida, y el aporte que hacia esta finalidad tienen todos los instrumentos presentados y entregados a los Jueces y Magistrados de Trabajo y Previsión Social.

Durante la presentación el MSICG también manifestó su solidaridad con las reivindicaciones laborales de los Jueces y Magistrados al tiempo que destacó la sensibilidad hacia los principios rectores del Derecho de Trabajo que genera el asumir como propia la necesidad para la sociedad de dignificar el trabajo y les instó a profundizar la organización y defensa de sus derechos como trabajadoras y trabajadores.

Por su parte, el Licenciado MARLON ARNOLDO LOPEZ NAJARRO, Presidente del Instituto de Jueces y Magistrados de Trabajo y Previsión Social -IJUMAT- y la Licenciada RUTH SANDOVAL quien representó en dicha actividad a la Magistrada VITALINA ORELLANA Y ORELLANA en calidad de Presidenta de la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia coincidieron en la importancia de la crítica constructiva y de los esfuerzos encaminados al fortalecimiento del Estado de Derecho y destacaron la importancia del aporte realizado al sistema de justicia laboral por el MSICG a través de los instrumentos presentados.

Finalmente, el MSICG agradeció la presencia de Jueces y Magistrados a la actividad y manifestó su esperanza porque estos esfuerzos conduzcan a un sistema de justicia laboral eficiente y eficaz a través del cual el Estado pueda ajustar la legislación y la práctica a la plena observancia de sus deberes de respetar, proteger y aplicar los derechos humanos vinculados al derecho humano al trabajo.

Para acceder al video completo de la presentación ingresa a este enlace:

Video completo de la presentación

Con fecha 20 de julio del año 2018, las dirigentes del MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- GLADIS ANGÉLICA MOREIRA DEL CID y GEMA BEATRIZ DEL CARMEN MONTIEL MORALES fueron juramentadas como miembros titular y suplente en representación del Sector Sindical ante el Consejo Nacional de los Acuerdos de Paz –CNAP-.

Asimismo en esa fecha fue electa la compañera GLADIS ANGÉLICA MOREIRA DEL CID como Coordinadora de la Comisión de la Mujer del CNAP.

El MSICG felicita nuevamente a sus dirigentes y ratifica que la representación de los intereses de los y las trabajadoras asumida en este espacio se manifestará en una acción sistemática encaminada al cumplimiento de los Acuerdos de Paz, como parte de los deberes constitucionales del Estado de proteger a la persona y a la familia, de realizar el bien común y de garantizar a sus habitantes la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, que debe cimentarse sobre un desarrollo participativo, que promueva el bien común y, que responda a las necesidades de la población garantizando la plena igualdad de las mujeres y la ciudadanía a la clase trabajadora y sus familias.

El MSICG se solidariza con los trabajadores y trabajadoras que se encuentran ejerciendo su derecho de huelga acompañados por su Sindicato CCOO en contra de las políticas de Amazon, Multinacional que se niega a proporcionar a estos un incremento salarial justo, condiciones dignas de trabajo y el pleno respeto a sus delegados sindicales como legítimos representantes de los trabajadores.

El MSICG condena los actos de violencia ejecutados por las fuerzas de seguridad del Estado contra los trabajadores que participan de los piquetes y los arrestos arbitrarios que en este marco se han producido y que parece apuntar a que un cambio de Gobierno no ha modificado la política del Estado de favorecer los intereses de determinados sectores aún a costa de la utilización de la fuerza y la brutalidad contra sus propios ciudadanos.

De la misma forma, el MSICG invita a la clase trabajadora a nivel mundial a que no realice transacciones o compras a través de los portales de Amazon hasta que podamos encontrar la responsabilidad social en el catálogo que de la A a la Z solo ha significado para las trabajadoras y trabajadores de Amazon el sometimiento a condiciones laborales cada vez más cercanas al trabajo esclavo.

El MSICG además de reiterar su solidaridad y apoyo a las compañeras y compañeros en huelga, les expresa su gratitud por la lucha y la resistencia que al igual que el derecho de huelga y la negociación colectiva, son el sístole y el diástole del sindicalismo, los signos vitales de la civilización y la democracia.

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