Martes, 31 Octubre 2017 13:43

La Corrupción y su aval desde la Corte de Constitucionalidad

El MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- lamenta el terrible retroceso en materia de justicia laboral y específicamente en el marco de las simulaciones del contrato de trabajo operado por la Corte de Constitucionalidad a ponencia de la Magistrada GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR dentro del Expediente 2715-2017, mismo que, además del retroceso en relación con la jurisprudencia que durante años venía decantando dicha Corte entraña la eliminación de la facultad de los jueces de trabajo y previsión social de una vez probada la violación a los derechos laborales de los trabajadores puedan ordenar al violador que se ajuste a la ley y repare los daños ocasionados a los trabajadores.

Con este fallo de ahora en adelante se hace inútil que los trabajadores y trabajadoras acudan al sistema de justicia laboral por cualquier violación a sus derechos fundamentales puesto que a ponencia de la Magistrada GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR los tribunales de trabajo y previsión social de todo el país sólo tienen competencia para constatar violaciones a los derechos de los trabajadores pero no pueden ordenar a los patronos que dejen de violar estos derechos o bien que reparen los daños causados ya que el cese de la violación o reparación solo puede provenir de la voluntad del patrono violador, de lo contrario los jueces estarían implicándose en asuntos que son competencia exclusiva de los empleadores.

Hay que recordar que la Magistrada GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR, en su oportunidad fue nombrada como titular en la Corte de Constitucionalidad por el Gobierno de la Unidad Nacional de la Esperanza –UNE- misma agrupación que desde su bancada en el Congreso de la República la impuso nuevamente como Magistrada Titular, esta vez, nombrada por el órgano legislativo y, diputados de los cuales la población reclama su renuncia por actos de corrupción.

Con este fallo emitido sobre la base de la ponencia de la Magistrada GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR, la Corte de Constitucionalidad da un nuevo espaldarazo a la corrupción y los mecanismos a través de los cuales el Ministerio de Educación, ha venido preparando las condiciones para asegurar el clásico y típico reparto de plazas, o mejor dicho, la apertura del mercado de plazas, entre las autoridades del Mineduc, los diputados del Congreso y los representantes del sindicato que, tradicionalmente ha participado de los mismos en función de sus lazos con los gobiernos de turno.

En este caso, para evadir lo resuelto por los tribunales de trabajo y previsión social en donde los trabajadores de telesecundaria obtuvieron sentencias favorables que declaraban la naturaleza continua e ininterrumpida de su relación laboral con el Ministerio de Educación, dicho Ministerio aprueba el Acuerdo Ministerial 1021-2017 estableciendo un proceso ilegal de convocatoria para justificar la venta de las plazas de los técnicos especializados en telesecundaria; derivado de que no era suficiente para asegurar el mercado de compra venta de plazas, aprueba el Acuerdo Ministerial 1068-2017 en el cual establece la exclusividad del STEG en la representación de las organizaciones de trabajadores en el órgano ad hoc para la supuesta calificación de expedientes. Derivado de que dichos acuerdos fueron impugnados de inconstitucionalidad por el MSICG, dos días después de la Vista Pública y con la finalidad de impedir una resolución por parte de la Corte de Constitucionalidad y garantizar la continuidad del negocio, el Ministerio de Educación aprueba el Acuerdo Ministerial 2165-2017 con el cual deroga los Acuerdos Ministeriales 1021-2017 y 1068-2017 trasladando sus disposiciones al nuevo acuerdo, impidiendo con esto el pronunciamiento de la Corte de Constitucionalidad, Acuerdo contra el cual el MSICG también planteó una Acción de Inconstitucionalidad.

En el marco de estos mecanismos y ante la pasividad de la Corte de Constitucionalidad en resolver la acción promovida por el MSICG, el proceso se ha venido implementando y a las personas se les han ofrecido plazas a cambio de sumas de dinero, como se puede evidenciar en las boletas de depósito a que se ha tenido acceso en el departamento de San Marcos y en el audio de una llamada telefónica entre un aspirante pagador y un representante del STEG en el departamento de Alta Verapaz en el cual se reconoce que el proceso de convocatoria y oposición son una farsa para simular la supuesta legalidad, que se han realizado cobros por las plazas y que existen instrucciones de un diputado del sexo masculino por dicho departamento. Debe apuntarse que las diputaciones en el departamento de Alta Verapaz corresponden actualmente a 2 diputados del Partido Reformador (la diputada electa originalmente por la UNE y el diputado por el FRG); 1 diputado de Alianza Ciudadana (electo originalmente por la UNE); 1 diputado del FCN (electo originalmente por la UNE) 2 diputados por la UNE (electos originalmente por el PP); 1 diputado independiente (electo originalmente por LIDER); 1 diputado por CREO (electo originalmente por LIDER) y 1 diputado por TODOS, que es el único que conserva la bancada por la que fue electo originalmente.

A los efectos de que la población pueda hacerse de una idea aproximada de los intereses económicos detrás de la venta de plazas promovida después de que los técnicos de telesecundaria obtuvieran sentencias a su favor que protegían sus puestos de trabajo, debe decirse que el costo requerido por una plaza en Telesecundaria ronda en promedio los Q.20,000.00 y que dichas plazas suman por lo menos 4,500 plazas, lo que presupone que, sin tener en cuenta los cobros realizados a las personas que sencillamente fueron estafadas, por lo menos los 90 millones de quetzales.

El cerco y la indefensión para los técnicos especializados en telesecundaria que desde hace más de 15 años ocupan dichos puestos que ahora están siendo vendidos, ha sido cerrado por la misma Corte de Constitucionalidad, en los expediente números 4122-2017 y 3024-2017 que, ante las acciones de los trabajadores contra los actos de la ilegal convocatoria, promovieron los respectivos procesos de amparo y dentro de los mismos pidieron la protección del amparo provisional que, al no ser otorgado, fue apelado ante la Corte de Constitucionalidad que, vulnerando los principios de la apelación (Tantum devolutum quantum apellatum y non reformatio in peius) y la ya conocida tendencia de la Corte de alterar el debido proceso legal (con todas sus garantías adjetivas y sustanciales) ha “recomendado” a los tribunales que conocen el amparo, suspender los mismos aduciendo que los trabajadores no pueden acudir al amparo porque el acto reclamado es un acto del ius imperium del Estado, lo cual suma a la inutilización de la jurisdicción ordinaria para alcanzar la tutela judicial efectiva, la inutilización del amparo como mecanismo de defensa de la persona frente al Estado.

Pues bien, a través de estas resoluciones ilegales también avaladas por la Magistrada GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR se establece como norma ilegal que los particulares no pueden recurrir en amparo contra disposiciones emanadas del poder público, con lo cual se ha subvertido la propia constitución olvidando la Corte de Constitucionalidad que, al menos en la norma, no es un órgano supra legal ni supra constitucional y que, quienes la conforman, tienen el deber de cumplir un mandato que no trasciende de la aplicación de las leyes a la alteración del sentido literal de las mismas.

Ante la evidente descomposición y politización del sistema de justicia, el MSICG estará acudiendo en la búsqueda de la justicia internacional contra el Estado de Guatemala a los efectos de que este garantice tanto la tutela judicial efectiva como la consecuente deducción de responsabilidades de los funcionarios que la han imposibilitado.

El MSICG observa con preocupación la constante deslegitimación social de la institucionalidad del Estado y considera imperativa una revisión de la misma que debe partir, por un gesto de dignidad de los funcionarios cuestionados y de los funcionarios que han sido electos por decisión de los mismos, ya que el árbol corrupto no puede producir fruto sano, a los efectos de que puedan operarse los cambios legislativos e institucionales que necesita el país para erradicar la corrupción.

Escuche en este enlace audio que prueba la compra venta de plazas de telesecundaria propiciada por el Ministro de Educación, el Sindicato al servicio del patrono, diputados del Congreso y sostenida desde la Corte de Constitucionalidad a ponencia de la Magistrada Gloria Patricia Porras.

https://www.ivoox.com/21780208

El audio corresponde a la conversación de una persona que pagó por la plaza con una persona que aduce ser representante del STEG en el Departamento de Alta Verapaz. Copia el link en tu navegador para escuchar.

Las fotografías corresponden a depósitos realizados a diversas cuentas que se indica fueron como pago por las plazas en el departamento de San Marcos.