Jueves, 08 Marzo 2018 13:39

Comunicado del MSICG con ocasión del Día Internacional de la Mujer

El día internacional de la mujer fue celebrado por primera vez en Nueva York y Chicago, Estados Unidos, el 28 de febrero de 1911 con el impulso de importantes mujeres socialistas como Corinne Brown y Gertrude Breslau-Hunt. En 1910 durante la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas realizada en Copenhague, Dinamarca, a iniciativa de importantes mujeres comunistas, entre ellas Clara Zetkin o Rosa Luxemburgo se establece el Día Internacional de la Mujer Trabajadora en el mes de marzo y este se celebra por primera vez en Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza con la realización de mítines en los que las mujeres reclamaron el derecho a votar, a ocupar cargos públicos, a trabajar, a la formación profesional y a la no discriminación laboral. Ya en el año 1908, en Inglaterra, quienes luchaban por el reconocimiento del derecho al voto de las mujeres utilizaban el color morado para reivindicar dicha lucha que luego fue adoptado durante las décadas de los 60’s y 70`s como el color identificativo de las luchas feministas.

Es de esa cuenta que el 8 de marzo reivindicamos la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres, y la valentía de las mujeres por la construcción de un mundo mejor, incluso a costa de la propia vida como la ofrendada por las 120 mujeres trabajadoras asesinadas por la brutalidad policial durante la marcha realizada en Nueva York el 8 de marzo de 1875 contra la precariedad laboral y la desigualdad salarial entre mujeres y hombres y que dio lugar a la fundación del primer sindicato femenino o la ofrendada por las 146 mujeres de entre 16 y 23 años de edad asesinadas por su patrono en el incendio de la maquila Triangle Shirwaist, del barrio de Manhattan, Nueva York, el 25 de marzo de 1911 y que dio lugar a la fundación del importante Sindicato Internacional de Mujeres Trabajadoras Textiles.

Aunque estos eventos y las luchas constantes que realizamos las mujeres han dado lugar a importantes cambios legislativos y formales, no hemos logrado aún la construcción de ese mundo de igualdad, que en términos reales y objetivos, se ha planteado como constante de las luchas socialistas alrededor del mundo y las mujeres seguimos siendo perseguidas, encarceladas, reprimidas, asesinadas y condenadas a vivir en la miseria y exclusión social, abanderando hoy muchas de las mismas reivindicaciones de 1910.

En países como Guatemala la violencia machista cobra la vida de miles de mujeres al año, las mujeres seguimos siendo víctimas de políticas educativas que marcan graves retrocesos en materia de condiciones reales de acceso a la educación y de acceso a la educación de calidad, de políticas legislativas que precarizan aún más el trabajo de la mujer como la aprobación por parte del Congreso de la República del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo y cuya implementación en otros países aún desarrollados ha feminizado la precariedad laboral; el recrudecimiento de condiciones precarias en los sectores laborales a los que la propia discriminación y ausencia de oportunidades empuja particularmente a las mujeres como la maquila textil en donde se ha mantenido como política de Estado un salario diferenciado y discriminativo desde el año 2008 y el trabajo doméstico en donde el Estado se ha negado a ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo –OIT-.

Hemos llegado a tal punto que la Corte de Constitucionalidad entre el año 2017 y 2018 ha legislado jurisprudencialmente que a las mujeres trabajadoras del Estado no se les pueden garantizar sus derechos laborales por parte de los tribunales de Trabajo y Previsión Social puesto que el respeto de los mismos depende de la voluntad patronal. Asimismo tal y como fue publicitado en los medios de comunicación social este 8 de marzo, ese mismo tribunal ha declarado que la condición indígena es una calificación que debe ser asignada por un tercero y ha enviado a realizar dictámenes mediante los cuales pretende distinguir indígenas de no indígenas y sobre esta base inutilizar las protecciones que para los pueblos indígenas desarrolla el Convenio 169 de la OIT.

A estos se suma la imposición de una realidad cada vez más marcada por la violencia física, sexual y psicológica, reproducida y generalizada sea a través de un concepto degradado de arte o la promoción de fundamentalismos religiosos; las condiciones de pobreza, pobreza extrema y exclusión social, de acoso en el centro de trabajo, la desigualdad u objetivación de la mujer como política de empleo y oportunidades para esta, la segregación vertical, los techos de cristal en las carreras académicas y profesionales de las mujeres, o la segregación horizontal, de intolerancia y violencia ante el planteamiento del respeto a nuestras ideas y nuestras diferencias, y de todo tipo de violencias machistas, cada una de ellas perpetuada con el silencio y la pasividad del Estado.

Estamos pues en un momento en el que los logros de carácter formal deben ser empujados de tal forma que se materialicen en la plena igualdad de las mujeres en la sociedad y en condiciones generalizadas de vida y trabajo digno; condiciones en donde la lucha de la mujer y la sociedad enfrenta tantos o más desafíos que los afrontados por las pioneras de estas reivindicaciones.

Debe entonces nuestra lucha contra la violencia, discriminación, exclusión social y plena igualdad de las mujeres profundizarse en cada estadio social, en cada espacio jurídico, económico, en cada política de Estado, en cada relación laboral, política o social, en cada interacción.

Esta lucha demanda en consecuencia de más sindicalismo, de más huelgas, de más mujeres dispuestas a luchar desde cada espacio y en cada lugar por una realidad justa y de plena igualdad entre mujeres y hombres como condición de base para una realidad en la que sea posible vivir con dignidad.